INCOTERMS 2010: NORMAS OFICIALES DE LA CCI PARA LA INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS COMERCIALES

Los Incoterms o Términos Comerciales Internacionales son una serie de términos comerciales predefinidos publicados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) relacionados con el derecho comercial internacional. Se utilizan ampliamente en las transacciones comerciales internacionales o en los procesos de adquisición, ya que los consejos de comercio, los tribunales y los abogados internacionales fomentan su uso en las ventas internacionales. Las reglas de los Incoterms, una serie de términos comerciales de tres letras relacionados con las prácticas de venta contractuales comunes, tienen como objetivo principal comunicar claramente las tareas, los costes y los riesgos asociados con el transporte y la entrega de mercancías. Los Incoterms informan el contrato de venta definiendo las respectivas obligaciones, costos y riesgos involucrados en la entrega de los bienes del vendedor al comprador. Sin embargo, no constituye un contrato ni rige la ley. Tampoco define a dónde se transfieren los títulos y no aborda el precio a pagar, la moneda o las partidas del crédito.

Las reglas de los Incoterms son aceptadas por gobiernos, autoridades legales y profesionales de todo el mundo para la interpretación de los términos más comúnmente utilizados en el comercio internacional. Su objetivo es reducir o eliminar todas las incertidumbres que se derivan de las diferentes interpretaciones de las normas en los distintos países. Como tales, se incorporan regularmente a los contratos de venta en todo el mundo.

El primer trabajo publicado por la CCI sobre términos comerciales internacionales se publicó en 1923, con la primera edición conocida como Incoterms publicada en 1936. Las reglas de los Incoterms fueron enmendadas en 1953, 1967, 1976, 1980, 1990 y 2000, y la octava versión - Incoterms 2010 - se publicó el 1 de enero de 2011. La CCI ha iniciado consultas sobre una nueva revisión de los Incoterms, que se denominarán Incoterms 2020, una marca registrada de la CCI.

Normas aplicables al transporte marítimo y fluvial:

FAS - Liberar junto al barco: El riesgo pasa al comprador, incluyendo el pago de todos los costos de transporte y seguro, una vez que el vendedor lo entrega junto al buque (de manera realista en la terminal portuaria designada). La obligación de despacho de exportación recae en el vendedor.

FOB - Gratis a bordo: El riesgo pasa al comprador, incluyendo el pago de todos los gastos de transporte y seguro, una vez que el vendedor lo entrega a bordo del buque. Un paso más allá del FAS.

CFR - Costo y Flete: El vendedor entrega los bienes y el riesgo pasa al comprador cuando está a bordo del buque. El vendedor arregla y paga el costo y el flete hasta el puerto de destino designado. Un paso más allá de FOB.

CIF - Costo, Seguro y Flete: El riesgo pasa al comprador cuando se entrega a bordo del barco. El vendedor arregla y paga el costo, el flete y el seguro hasta el puerto de destino. Agrega costos de seguro a CFR.

Reglas para cualquier modo o modos de transporte:

EXW - Ex Works: El vendedor entrega (sin cargar) la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor. Se considera el término más preferible para los nuevos a la exportación porque representa la responsabilidad mínima para el vendedor. En estas transacciones, el comprador tiene una obligación limitada de proporcionar información de exportación al vendedor.

FCA - Free Carrier: El vendedor entrega las mercancías al transportista y puede ser responsable de despachar las mercancías para la exportación (presentación de la IEE). Más realista que el EXW porque incluye la carga en el momento de la recogida, que es lo que se espera comúnmente, y los vendedores están más preocupados por las violaciones de las normas de exportación.

CPT - Transporte pagado hasta: El vendedor entrega las mercancías al transportista en el lugar acordado, trasladando el riesgo al comprador, pero el vendedor debe pagar el coste del transporte hasta el lugar de destino convenido.

CIP - Transporte y Seguro Pagado Hasta: El vendedor entrega las mercancías al transportista en el lugar acordado, trasladando el riesgo al comprador, pero el vendedor paga el transporte y el seguro hasta el lugar de destino convenido.

DAT - Entregado en Terminal: El vendedor asume el costo, riesgo y responsabilidad hasta que los bienes sean descargados (entregados) en el muelle, almacén, patio o terminal designado en el destino. Los cargos por demora o detención pueden aplicarse al vendedor. El vendedor despacha la mercancía para la exportación, no para la importación. DAT reemplaza a DEQ, DES.

DAP - Entregado en el lugar: El vendedor asume el costo, riesgo y responsabilidad de la mercancía hasta que se ponga a disposición del comprador en el lugar de destino convenido. El vendedor despacha la mercancía para la exportación, no para la importación. DAP reemplaza a DAF, DDU.

DDP - Entregado con derechos pagados: El vendedor asume el costo, riesgo y responsabilidad de las mercancías despachadas en el lugar de destino convenido a disposición de los compradores. El comprador es responsable de la descarga. El vendedor es responsable del despacho de importación, derechos e impuestos, por lo que el comprador no es un "importador registrado".

LOS INCOTERMS NO...
  • Determine la propiedad o transfiera el título de propiedad de los bienes, ni evoque términos de pago.
  • Aplicable a los contratos de servicios, ni definir los derechos u obligaciones contractuales (excepto la entrega) ni los remedios por incumplimiento de contrato.
  • Proteger a las partes de su propio riesgo o pérdida, ni cubrir los bienes antes o después de la entrega.
  • Especifique los detalles de la transferencia, el transporte y la entrega de las mercancías. La carga en contenedores NO se considera embalaje y debe ser tratada en el contrato de venta.
  • Recuerde que los Incoterms no son una ley y que NO existe un Incoterm por defecto

INCOTERMS 2020

INCOTERMS 2010

INCOTERMS 2000

  • DDU — Entregado sin pagar derechos de aduana
  • DES — Entregado Ex Ship
  • DEQ — Entregado ex muelle
  • DAF — Entregado en la frontera
Incoterms: Transferencia de riesgos, costos y obligaciones del vendedor/comprador
Incoterms- Transferencia de riesgos, costos y obligaciones del vendedor/comprador
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