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USO DEL SITIO SEARATES.COM

Quiénes somos y cómo ponerse en contacto con nosotros

Este sitio web www.searates.com (the Site)es proporcionado por DP World Logistics FZE (we or us). Estamos registrados en los Emiratos Árabes Unidos con el número de licencia 194452 de la Zona Franca de Jebel Ali y tenemos nuestra dirección comercial en 5th Floor, Jafza 17, Jebel Ali Free Zone, Dubai, EAU.

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Modificamos estas Condiciones de vez en cuando. Cada vez que desee utilizar el Sitio, consulte estas Condiciones para asegurarse de que comprende las condiciones aplicables en ese momento.

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Usted también es responsable de garantizar que todas las personas que accedan al Sitio a través de su conexión a Internet conozcan estas Condiciones de uso y otras condiciones aplicables, y que las cumplan.

Cómo puede utilizar el sitio

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Software de terceros

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Normas sobre enlaces al sitio

Puede enlazar con nuestra página de inicio, siempre que lo haga de forma justa y legal y no dañe nuestra reputación ni se aproveche de ella.

No debe establecer un enlace de forma que sugiera cualquier forma de asociación, aprobación o respaldo por nuestra parte cuando no exista ninguno.

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Nos reservamos el derecho a retirar el permiso de enlace sin previo aviso.

¿Qué legislación nacional se aplica en caso de litigio?

Estas Condiciones, su objeto, formación y terminación se rigen por las leyes aplicables en el Emirato de Dubai. Podremos emprender acciones contra usted por incumplimiento de las presentes Condiciones ante cualquier tribunal de jurisdicción competente.

Consultas

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Precios de los servicios de envío en el sitio web

Todos los precios que figuran en el sitio web SeaRates.com para el transporte de mercancías se muestran con el IVA y todos los demás impuestos incluidos (sujetos a cambios de dichos impuestos), a menos que se indique lo contrario en nuestro sitio web o en el correo electrónico de confirmación. Cada tarifa está sujeta a la disponibilidad del transporte (contenedor/camión/vagón/avión/buque), espacio en el buque o en el avión y otras variables que deberán ser confirmadas por el transportista en la fecha de la reserva real.

En ocasiones, en nuestro sitio web se ofrecen tarifas más baratas para determinados envíos; sin embargo, estas tarifas elaboradas por agencias de transporte y transitarios pueden conllevar restricciones y condiciones especiales, por ejemplo, con respecto a la reserva de cancelación. Por favor, compruebe la tarifa y los detalles de la misma antes de hacer su reserva.

Debido a la volatilidad del mercado en determinadas regiones del mundo, tenga en cuenta que el espacio y el equipo de transporte son reducidos y que la validez de las tarifas puede estar sujeta a ETD.

El GRI (aumento general de tarifas) de temporada alta o el EIS/CIC (recargo por desequilibrio de equipos) y otros recargos imprevistos no anunciados por los transportistas no se incluyen en las tarifas actuales y pueden incluirse más tarde, después de la ETD, si se produce tal aumento.

Además, los transportistas suelen aplicar un recargo por sobrepeso a los contenedores pesados de 20'ST (>18t), que puede no reflejarse en las tarifas estándar mostradas y se confirmará en el momento de la confirmación de la reserva.

Cancelación de reservas

Tras presentar una solicitud de cancelación, teniendo en cuenta los gastos incurridos por el Proveedor de Servicios (Transportista, Transitario), el envío puede ser parcial o totalmente reembolsable. Los reembolsos son procesados por el equipo de operaciones financieras de SeaRates.com una vez realizada la solicitud de cancelación. SeaRates cobra además una tasa de cancelación fija de 25 $ por unidad (contenedor, camión, vagón, etc.).

Responsabilidad del transporte

SeaRates no se hace responsable del tiempo de tránsito marítimo, si éste resulta ser diferente del declarado. El Cliente exime a SeaRates de toda reclamación, responsabilidad, pérdida, daño, coste, retraso, coste y/o gasto en que incurra SeaRates, sus subcontratistas, empleados, agentes o el propietario de la carga durante el transporte como consecuencia de cualquier obstáculo, retraso, suspensión, acción aduanera, inspección, gastos de terminal, terminación o intervención del transporte de la mercancía.

Seguimiento de envíos

El Tracking System del sitio web SeaRates es un enriquecimiento de múltiples fuentes de datos (EDI, API, AIS, ferrocarril, terminal, datos de operadores de transporte y transportistas, etc.) que ofrece la imagen más completa de las actualizaciones de los movimientos de carga.

Tracking System es una atractiva aplicación para dar servicio a los visitantes de su sitio web y proporcionarles un servicio único para rastrear contenedores, BOL, o reservas de todas las líneas navieras en un solo lugar. Esta aplicación puede hacer que todos los visitantes vuelvan a su sitio web y convertirlos en clientes reales en el futuro para aumentar sus ventas; o ayudarle a mejorar la visibilidad de sus envíos conectando la API a su sistema existente.

Precios de las soluciones de TI

Todas las tarifas de las suscripciones SaaS, API e integraciones iFrame, publicadas en Página de integraciones o cotizadas por nuestro equipo de ventas son válidas hasta el final de cada mes y pueden revisarse cada mes. Por defecto, su suscripción, volumen y precio serán válidos hasta el final del periodo acordado, sin embargo nos reservamos el derecho de revisar el precio sin previo aviso, en particular pero no limitado a, en caso de cambio de mercado u otras razones objetivas. Si se notifica, el precio revisado se aplicará a partir del primer día del mes siguiente a la notificación de la revisión. No hay límite en la modificación de precios, y puede ser un 100%+ más o un 100%+ menos para el siguiente periodo, o en cualquier tamaño o proporción de acuerdo con la política interna de precios.

Reconocer y denunciar el spam y los contenidos inapropiados y abusivos

En SeaRates no toleramos actividades o comportamientos inapropiados como el spam, el acoso, las estafas y la desinformación. Tenemos políticas profesionales para la comunidad que describen las actividades que son aceptables en la plataforma, y lo que es inaceptable y puede ser detenido.

Alcance de nuestro servicio

A través del sitio web, nosotros (SeaRates.com y sus socios afiliados (de distribución)) proporcionamos una plataforma en línea a través de la cual todos los tipos de contenedores (20'ST, 40'ST, 40'HQ, 20'RF, ...), pueden anunciar tarifas de envío para reservas, y a través de la cual los visitantes del sitio web pueden realizar dichas reservas.

Al hacer una reserva a través de SeaRates.com, usted entra en una relación contractual directa (legalmente vinculante) con el proveedor de servicios de transporte en el que hace la reserva.

Desde el momento en que usted realiza su reserva, actuamos únicamente como intermediarios entre usted y los transportistas, transmitiendo los detalles de su reserva al proveedor de servicios de envío correspondiente y enviándole un correo electrónico de confirmación para y en nombre del proveedor de servicios de envío.

Al prestar nuestros servicios, la información que revelamos se basa en la información que nos proporcionan los proveedores de servicios de envío. Como tal, los proveedores de servicios de envío tienen acceso a una extranet a través de la cual son totalmente responsables de actualizar todas las tarifas, disponibilidad y demás información que se muestra en nuestro sitio web.

Aunque usaremos habilidad y cuidado razonable en la ejecución de nuestros servicios, no verificaremos si, y no podemos garantizar que, toda la información es exacta, completa o correcta, ni podemos ser responsables de ningún error.

Cada proveedor de servicios de envío es responsable en todo momento de la exactitud, integridad y corrección de la información (descriptiva de tarifas) (incluidas las tarifas y la disponibilidad) que aparece en nuestro sitio web. Nuestro sitio web no constituye ni debe considerarse una recomendación o aprobación de la calidad, el nivel de servicio o la cualificación de ninguno de los servicios puestos a disposición.

Usted no está autorizado a revender, enlazar, usar, copiar, monitorear (por ejemplo, spider, scrape), mostrar, descargar o reproducir cualquier contenido o información, software, productos o servicios disponibles en nuestro sitio web.

Política de reembolso

Los productos o servicios adquiridos en SeaRates no son reembolsables aunque no se utilicen o la cuenta se cancele a petición del propietario de la cuenta. No dude en hacer preguntas sobre nuestros productos o servicios antes de comprarlos.

Gastos y reclamaciones

Todas las solicitudes de anulación de cargos son investigadas por nuestro departamento técnico y nuestro departamento jurídico. Si realiza una reclamación fraudulenta de uso no autorizado de la tarjeta, informaremos de ello a los servicios de la tarjeta de crédito. Este informe puede resultar en la cancelación de los servicios de su tarjeta, poner información negativa en su informe de crédito y crear posibles cargos criminales que pueden ser presentados en su contra.

Reglamento GDPR

SeaRates actúa de conformidad con el Reglamento GDPR (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, sobre la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales y la libre circulación de dichos datos, y por la que se deroga la Directiva 95/46 / CE (Reglamento general de protección de datos) publicada en eur-lex.europa.eu

Políticas de marketing

Al tener una cuenta en este sitio web, usted acepta recibir correos electrónicos automáticos del sistema, campañas de marketing y otras notificaciones nuestras, a menos que cancele su suscripción a la lista específica de correos electrónicos o elimine su cuenta. También da su consentimiento para que podamos ponernos en contacto con usted para ofrecerle asistencia y otras cuestiones relacionadas con el uso del sitio o las actividades comerciales con nosotros.

SERVICIOS LOGÍSTICOS - ACUERDO PÚBLICO CON EL CLIENTE

Usted o su Empresa (en adelante "Cliente"); y SEARATES FZE con domicilio social en PO Box 17000, JAFZA 17, 5TH Floor, Dubai, Emiratos Árabes Unidos ("SeaRates");

(cada una de ellas una "Parte" y conjuntamente las "Partes")

Han acordado la prestación de servicios logísticos de la siguiente manera:

Antecedentes

El Cliente desea designar a SeaRates como proveedor de los Servicios (tal y como se definen a continuación), y SeaRates acepta prestar los Servicios, de conformidad con los términos de este Acuerdo.


Condiciones acordadas


  1. SERVICIOS

    1. SeaRates prestará los servicios de reserva de transporte marítimo, terrestre y/o aéreo descritos en la Solicitud (los "Servicios")) de conformidad con el presente Acuerdo, y con toda la pericia y cuidado razonables. Como parte de dicho Servicio o independientemente de él, el Cliente da instrucciones y confía en SeaRates, y SeaRates se compromete a organizar, a expensas del Cliente, el transporte, la expedición de mercancías y el servicio logístico (los "Servicios")), el transporte de cargas dentro, hacia o desde los territorios especificados en la Solicitud (incluidas las rutas internacionales), así como la prestación de otros servicios de expedición al Cliente que puedan acordarse entre las Partes.
      1. "Solicitud" es un documento (como un formulario de reserva o instrucciones de envío) que contiene el nombre y la cantidad de carga, sus propiedades, la ruta de transporte (lugar de recepción, puerto de carga, puerto de descarga, lugar de entrega de la carga), la fecha prevista cuando el cargador entrega la carga y el período aproximado de entrega de la carga al destinatario, el tipo de medio de transporte deseable, la información completa y exacta sobre el cargador y el destinatario y otra información necesaria relativa a la organización del Servicio, se especifican.
      2. A los efectos del presente Acuerdo, se considera Solicitud cualquier mensaje escrito formalizado o no formalizado (cualquier forma libre, pero que contenga todos los elementos necesarios de la Solicitud indicados en la subcláusula a) de la presente Cláusula) y enviado por el Cliente por correo electrónico (tanto con un archivo adjunto como con un mensaje de texto únicamente) o por otro mensajero electrónico que permita a SeaRates identificar inequívocamente y sin lugar a dudas dicho mensaje como la intención real del Cliente o de cualquier persona que actúe en nombre del Cliente de trasladar la carga dentro de uno y/o entre varios países.
      3. Por regla general, la solicitud se presenta al menos una (1) semana antes de que la carga esté lista para el transporte en la fecha deseada de carga y/o expedición.
      4. A pesar de lo especificado anteriormente, SeaRates no garantiza y no es responsable de la violación de los términos declarados del transportista real (en tierra, mar, aire y ferrocarril) de salida o llegada de la carga, de la ausencia, disponibilidad o facilidad de acceso en el mercado de cualquier tipo de medio de transporte, contenedores y otros equipos específicos, y de la adhesión a la programación del tráfico de los transportistas reales.
      5. "Hoja de tarifas" significa la hoja de tarifas sobre el Servicio (Flete y Cargos) son determinados y acordados por las Partes a través del intercambio de cartas electrónicas, que tienen la fuerza de la Solicitud.
    2. "Marcas SeaRates" se refiere a todos los nombres, logotipos, marcas comerciales, nombres comerciales, plataformas y marcas de servicio presentes y futuros de SeaRates y del Grupo DPW.Nota y descargo de responsabilidad: Por la presente se declara que en el proceso de prestación de los Servicios, el uso de las Marcas SeaRates en este Contrato de Servicios, ya sea un nombre de empresa, un nombre comercial, una plataforma de reservas en línea y otro servicio de expedición de carga, etc. de ninguna manera implica, indica y no se interpretará por defecto como que cualquier otra empresa que contenga la palabra "searates" en su nombre es directa o indirectamente una oficina de representación autorizada, agencia, etc de SEARATES FZE, si la palabra "searates" está sola o como parte de otras palabras y forma de escritura (fuente, tamaño, bloqueo de mayúsculas, etc.), si la otra empresa es miembro del Grupo DPW o no, a menos que otra clara y definitiva prevista en el acuerdo apropiado por escrito entre SEARATES FZE y cualquier otra empresa.
      Sobre la base de lo anterior SEARATES FZE no tiene ninguna responsabilidad y no acepta ninguna reclamación y demandas, tanto para las obligaciones fiscales y cualquier otra responsabilidad contractual o extracontractual a / de cualquier autoridad gubernamental y el organismo y / u otra empresa comercial o no comercial de cualquier país por acciones o falta de acción de cualquier otra empresa que contiene la palabra "searates" en su nombre;
    3. SeaRates se esforzará razonablemente por cumplir los niveles de servicio o KPI acordados.
    4. El Cliente proporcionará a SeaRates en las Solicitudes la mejor visibilidad posible y precisa de las cargas, volúmenes, pedidos y otra información relevante establecida en la Solicitud (subcláusulas a) y b) de la cláusula 1.1). El Cliente no enviará ninguna carga peligrosa sin el consentimiento previo por escrito de SeaRates.
    5. Todos los Servicios y demás actividades están sujetos, en primer lugar, a las Reglas Modelo de la FIATA para Servicios de Transporte de Mercancías (denominadas Reglas FIATA y que son prioritarias), a las condiciones de uso de SeaRates y a las CONDICIONES COMERCIALES ESTÁNDAR para servicios de transporte de mercancías y logística (denominadas "STC" y que son adicionales a las Reglas FIATA) disponibles en https://www.searates.com/tos/#dp_world o a copias de las "STC" disponibles bajo petición y que SeaRates puede actualizar periódicamente. Las Reglas FIATA y el STC son los únicos términos y condiciones sobre los que SeaRates está dispuesto a hacer negocios.
    6. Cuando SeaRates preste servicios de gestión y/o reserva de transportistas, actuará únicamente como agente y no será responsable de la ejecución de los servicios por parte de ningún transportista tercero, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.
    7. Los términos y condiciones de la responsabilidad de SeaRates por acciones de terceros (los transportistas reales) contratados por SeaRates para la carga transportada por mar, camión, ferrocarril y/o aire están sujetos a las Reglas FIATA y al STC.
  2. ÁMBITO

    1. Las Partes podrán proponerse mutuamente mejoras o cambios en los Servicios, que serán discutidos por las Partes de buena fe.
    2. SeaRates sólo estará obligada a prestar los Servicios modificados o adicionales si los Cargos se han ajustado en consecuencia.
    3. El presente Acuerdo se aplica únicamente entre las Partes, siempre que:
      1. Cualquier empresa del Grupo SeaRates, o sus subclientes, podrán prestar cualquiera de los Servicios y, al hacerlo, tendrán derecho a acogerse a los términos del presente Acuerdo aplicables a SeaRates; y
      2. Si el Cliente desea que SeaRates o su Grupo presten Servicios a otra empresa del Grupo del Cliente, deberá obtener el acuerdo por escrito de SeaRates, incluso en cuanto a los Cargos aplicables para dicha otra empresa, y el Cliente deberá asegurarse de que dicha otra empresa cumpla con los términos de este Acuerdo aplicables al Cliente, incluido el pago de los Cargos.
      "Grupo" significa cualquier otra empresa que directa o indirectamente posea o controle, sea propiedad o esté controlada por, o esté bajo propiedad o control común con una Parte.
  3. PAGO Y FACTURACIÓN

    1. Los cargos por los Servicios ("Cargos") son según las cotizaciones individuales para los Servicios relevantes emitidos y proporcionados por SeaRates, y acordados con cada Cliente de caso en caso.
    2. Todos los gastos son pagaderos de acuerdo con las condiciones de facturación. Todo crédito se concederá con sujeción a las condiciones STC o por separado.
    3. SeaRates o su Grupo podrán facturar los Cargos al Cliente, o a la empresa pertinente del Grupo del Cliente, cuando así se acuerde.
    4. Cualquier coste de terceros en el que se incurra como resultado de los Servicios deberá ser abonado por el Cliente según factura. Se trata de costes en los que incurre SeaRates con terceros (por ejemplo, terminales, autoridades aduaneras, etc.) que están fuera del control de SeaRates y que se pagan incidentalmente a los servicios. Los costes de terceros no son fijos.
    5. A menos que se especifique lo contrario en un acuerdo adicional a este Acuerdo, SeaRates tiene la opción de aumentar los Cargos de vez en cuando durante cualquier Periodo de Tarifas debido a cualquier aumento imprevisto en los cargos de sus SeaRates, o debido a condiciones de mercado adversas o cualquier Evento de Fuerza Mayor. SeaRates hará todo lo razonablemente posible para ponerse en contacto con el Cliente y notificarle con antelación dicho aumento o aumento previsto.
    6. En caso de incumplimiento por parte del Cliente de la fecha de vencimiento del pago de los Cargos acordados (tanto por adelantado como a posteriori) por los Servicios, el Cliente deberá pagar una multa del 1% (uno por ciento) del importe del pago debido por cada día de retraso. En caso de retraso en el pago superior a 30 (treinta) días, la cuantía de la multa ascenderá al 10% (diez por ciento) del importe del pago debido por cada día de retraso.
    7. Sin disputa, el Cliente compensará todos los Cargos efectivamente soportados por SeaRates en la ejecución e implementación de la Solicitud del Cliente. SeaRates se reserva el derecho de exigir e imponer multas y tasas (tasa de cancelación de reserva, tasa por demora en el pago a favor de las líneas navieras y otros NVOCC, no entrega de la mercancía para su envío, tiempo de inactividad de los vehículos, etc.) de acuerdo con las tarifas de los proveedores de servicios apropiados y el Cliente está obligado a reembolsar todas las multas apropiadas que hayan sido impuestas a SeaRates por terceros contratados (proveedores de servicios).
    8. Por la presente, el Cliente declara y garantiza que en caso de abandono / no reclamación de la carga por parte del Cliente, así como por parte del consignatario que será indicado por el Cliente en la Solicitud / Orden de embarque / Nota de reserva / Orden de compra y/o en el documento de embarque correspondiente (B/L, Sea Waybill, etc.) como consignatario en el puerto o terminal de llegada/destino. ) como consignatario en el puerto o terminal de llegada/destino, el Cliente compensará y reembolsará incondicionalmente a SeaRates por todos los costes adicionales, cargos y multas realmente incurridos por SeaRates a favor de la línea naviera u otro transportista, aduanas, administración portuaria y cualquier otra tercera parte comprometida y autoridades estatales, incluyendo en el caso de brining por la línea naviera, así como otras partes implicadas y autoridades estatales antes mencionadas, cualquier reclamación y demanda contra SeaRates para la compensación de todos los costes, cargos y multas asociados con el almacenamiento, incautación, venta y/o cualquier otra disposición de cargas abandonadas / no reclamadas, y realizadas de acuerdo con las normas locales y cualquier otro convenio internacional pertinente que se aplique.
    9. En caso de incumplimiento cl. 3.8, el Cliente se compromete a mantener indemne a SeaRates y a indemnizar a SeaRates por cualquier daño, y asumir exclusivamente toda y cualquier responsabilidad, posibles multas y compensación por gastos y daños que puedan ser demandados de cualquier autoridad estatal y otros organismos autorizados por violar las normas y la legislación en el ámbito de la entrega, el transbordo, el almacenamiento, la utilización y los procedimientos aduaneros en virtud del transporte de cargas.
    10. DISCLAIMER:
      Por la presente SeaRates como transitario y proveedor de servicios de reserva de transporte marítimo, terrestre y/o aéreo declara y confirma que las Tarifas Base de Carga (BAS), tarifas de almacenaje y cualquier multa, así como cualquier recargo, tasa y cargo sobre las mismas, son producidas y cotizadas por los respectivos proveedores de servicios de origen, tales como: líneas navieras, otros transportistas marítimos incl. NVOCC, empresas estibadoras y terminales, administraciones portuarias y/o autoridades locales, etc. En base a esto, SeaRates no asume ninguna responsabilidad por la adición por parte de los proveedores de servicios de cualquier recargo, tasas y cargos a BAS, otros servicios y penalizaciones a cualquier otra tasa y recargo, cambios en las tarifas de cualquier tasa, recargo, coste de almacenamiento y multas, incluyendo la Tasa Base, iniciados por los proveedores de servicios apropiados, y SeaRates no será responsable de absorber dichos costes y todo lo mencionado anteriormente es por cuenta del cliente/vendedor, a saber, pero no exclusivamente: BAF (Bunker Adjustment Factor), CAF (Currency Adjustment Factor), Congestion Surcharge, CUC (Chassis Using Charge), DDF (Documentation Fee - Destination), Demurrage (Demoras), Detention (Detención), DOCS (documentación), DocsFee, EBS (Emergency Bunker Surcharge), DTHC (from Destination Terminal Handling Charge), GRI (General Rate Surcharge), GAC (Gulf of Aden Surcharge) , HWS (Heavy-Weight Surcharge, similar a OWS - Over-Weight Surcharge), Heavy Lift Charge, IMO Surcharge, ISPS (The International Ship and Port Facility Security Code fee), ODF (Documentation Fee - Origin), PCS (Panama Channel Surcharge), PSS (Peak Season Surcharge), PSE (Port Security Charge - Export), PCS (Recargo por Congestión Portuaria), SEC (Tasas de Seguridad), Almacenamiento, SCS (Recargo Canal de Suez), WarRisk y Recargo por Riesgo de Guerra, Muellaje, WSC (Recargo de Invierno), D&D, reefer plugin, liftgate fee, etc.
      En caso de que los proveedores de servicios (terceros) impongan y presenten para su pago las tasas y cargos anteriores (con la provisión de documentos justificativos), el Cliente está indiscutiblemente obligado a pagarlos a la primera solicitud de SeaRates en un plazo de 3 (tres) días laborables. En caso de impago o demora en el pago de las tasas y cargos anteriores, SeaRates se reserva el derecho de suspender la prestación de servicios o denegarla en absoluto sin compensar las pérdidas sufridas por el Cliente, así como de exigir el pago de las multas correspondientes que los proveedores de servicios puedan aplicar a SeaRates por el impago de las tasas y cargos anteriores.
    11. Todos los pagos a SeaRates se realizarán a la cuenta que se indica a continuación, o a cualquier otra cuenta que SeaRates pueda designar de vez en cuando.
  4. TERM

    1. El presente Acuerdo entra en vigor a partir de la fecha de registro del usuario en el sistema SeaRates.com, o de la fecha de inicio de los Servicios si ésta fuera anterior (la "Fecha de entrada en vigor"), y continuará vigente durante un período inicial de 1 año ("Período inicial"). A menos que sea rescindido, el Acuerdo se renovará automáticamente por periodos de un año, al expirar el Periodo Inicial o el periodo subsiguiente de un año.
    2. El presente Acuerdo podrá ser rescindido por cualquiera de las Partes:
      1. con un preaviso de al menos 3 (tres) meses por cualquiera de las Partes a la otra;
      2. inmediatamente en caso de incumplimiento sustancial por cualquiera de las Partes del presente Acuerdo que no haya sido subsanado en un plazo de 30 días a partir de la notificación por escrito de la otra Parte, o que no sea susceptible de subsanación; o bien
      3. inmediatamente por cualquiera de las Partes si la otra Parte entra en cualquier forma de insolvencia o quiebra, o es objeto de un cambio de control o de propiedad (que no sea a efectos de una reorganización interna solvente).
  5.   IT

    1. Las Partes podrán implementar EDI u otro tipo de integración entre sus sistemas informáticos según lo acordado. Las partes podrán implementar EDI u otro tipo de integración entre sus sistemas de TI. Las partes acordarán las condiciones aplicables a cualquier integración de TI y, de buena fe, acordarán también una remuneración justa por estos costes de desarrollo de TI asociados. Si no se acuerda otra cosa, cada parte correrá con sus propios gastos.
    2. SeaRates podrá permitir al Cliente el acceso a sus sistemas de reservas, visibilidad de la cadena de suministro u otros sistemas de visibilidad. SeaRates hará esfuerzos razonables para mantener dichos sistemas e información precisos y actualizados. A menos que se acuerde lo contrario, SeaRates no es responsable de los datos recibidos o proporcionados por terceros.
    3. El acceso del Cliente a dichos sistemas está sujeto al STC de SeaRates, disponible en SeaRates o publicado en el sistema correspondiente.
  6. SEGUROS Y RECLAMACIONES

    1. El Cliente es responsable de asegurar el valor total de reposición de cualquier producto que sea manipulado o gestionado por SeaRates ("Bienes").
    2. En caso de cualquier reclamación por pérdida o daño de las Mercancías, las Partes seguirán las condiciones de reclamación y observarán los plazos incluidos en los Términos y Condiciones de la compañía de seguros apropiada, las Reglas FIATA y/o STC. Dichas disposiciones prevalecerán (con respecto a las reclamaciones contra SeaRates) sobre los plazos indicados en la Cláusula 10 del presente Acuerdo.
    3. Los términos y condiciones de la responsabilidad de SeaRates están sujetos a las Reglas FIATA y al STC.
    4. En caso de impago por parte del Cliente de los servicios efectivamente prestados, o retrasos en los mismos, el Cliente se compromete a aceptar las reclamaciones legales de SeaRates exigiendo el pago de las cantidades pendientes y garantiza el pago íntegro de las mismas.
  7. CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD

    1. Cada una de las Partes mantendrá la confidencialidad de todos los documentos, registros, correspondencia y transacciones en cualquier forma relativos a la operación o negocio de la otra Parte ("Información Confidencial"). Ninguna de las Partes podrá revelar la Información Confidencial de la otra Parte, a menos que:
      1. dicha materia sea en ese momento de dominio público; o
      2. si una Parte se ve obligada por cualquier autoridad gubernamental o judicial a revelar dicha información;
      3. SeaRates o su Grupo están obligados a revelar dicha información para prestar los Servicios.
    2. Cada Parte podrá revelar Información Confidencial a las demás empresas de su Grupo, y para los fines comerciales internos de su Grupo.
    3. Cada Parte reconoce la propiedad de la otra Parte y de su Grupo sobre sus respectivas marcas, nombres, datos, sistemas y procesos. Ninguna de las Partes adquiere ningún derecho de la otra, siempre que, no obstante, SeaRates pueda utilizar las marcas, nombres, datos y procesos del Cliente según sea necesario para prestar los Servicios.
    4. Esta Cláusula permanecerá en pleno vigor y efecto a pesar de la terminación de este Acuerdo, y sustituye a cualquier acuerdo de confidencialidad firmado entre las Partes antes de la Fecha de Entrada en Vigor.
  8. FUERZA MAYOR

    1. Ninguna de las Partes será responsable en la medida en que sea incapaz de cumplir cualquiera de sus obligaciones por guerra, terrorismo, inundación, incendio, tormenta, huelga, embargo u otra causa más allá del control razonable de dicha Parte, tales como circunstancias de fuerza mayor (Force Majeure) especificadas en la cláusula de fuerza mayor de la CCI de 2003 y la cláusula de excesiva onerosidad de la CCI de 2003 (ICC Publication No.650 ), incluyendo también cambios en la legislación, cualquier restricción, orden, prohibición, otras acciones de las autoridades públicas o de la administración y sus unidades estructurales que sean de naturaleza prohibitiva; así como otras circunstancias imprevistas fuera del control de las Partes, que no puedan ser superadas por métodos razonables, que afecten directamente a la posibilidad de ejecución del presente Contrato. Ello no afectará a la responsabilidad de cualquiera de las Partes de pagar las cantidades adeudadas en virtud del presente Contrato, a menos que dicho pago no pueda efectuarse por causa de fuerza mayor propia.
    2. La Parte afectada por la Fuerza Mayor notificará a la otra Parte sin demora indebida y a más tardar dentro de los 2 Días hábiles siguientes al inicio del acontecimiento de Fuerza Mayor, exponiendo la naturaleza y el alcance de la Fuerza Mayor, y notificará igualmente a la otra Parte dentro de los 2 Días hábiles siguientes al final de las circunstancias de Fuerza Mayor.
    3. La Parte afectada no estará obligada a cumplir ninguna de sus obligaciones que se vean impedidas o seriamente retrasadas por el acontecimiento de Fuerza Mayor mientras dicho acontecimiento continúe y no pueda la Parte afectada, haciendo todos los esfuerzos razonables, reanudar su cumplimiento afectado.
  9. TERMINOS GENERALES

    1. Ninguna de las Partes será responsable de ningún retraso, pérdida de ingresos, pérdida de beneficios o cualquier pérdida punitiva, especial, consecuente o indirecta.
    2. A menos que las Partes excluyan o modifiquen de forma expresa e inequívoca la aplicación de las disposiciones del cuerpo principal de este Acuerdo, en caso de incoherencia entre las disposiciones del cuerpo principal de este Acuerdo y (a) cualquiera de los Apéndices, Anexos, etc. de este Acuerdo o (b) las Reglas de la FIATA, STC y cualesquiera otros términos o condiciones a los que se haga referencia, prevalecerá el cuerpo principal de este Acuerdo.
    3. Cualquier adición o modificación al presente Acuerdo sólo será vinculante si se realiza por escrito y se firma en nombre de ambas Partes.
    4. Las Partes acuerdan que el presente Acuerdo puede ejecutarse e intercambiarse mediante fax y/o comunicación electrónica (igualmente a todos los Apéndices, Especificaciones, Adiciones, Facturas, etc.).
    5. Las Partes confirman que el presente Acuerdo puede firmarse electrónicamente y que no se requieren firmas de tinta ni sellos.
    6. Las Partes confirman que el presente Contrato expresado en un tipo de documento escaneado dispuesto mediante fax y/o comunicación electrónica es válido para facilitarlo a bancos, autoridades fiscales y aduaneras, y otros organismos que lo necesiten, a efectos del cumplimiento por las Partes de las obligaciones derivadas del mismo, y es válido como original.
    7. Toda notificación efectuada por cualquiera de las Partes en virtud del presente Acuerdo se dirigirá a las personas que firman el presente Acuerdo, o a otras personas acordadas por escrito por las Partes.
    8. El presente Acuerdo contiene la totalidad del entendimiento entre las Partes.
  10. DERECHO APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

    1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el cl. 1.5, el presente Acuerdo está sujeto a la legislación inglesa.
    2. Las Partes intentarán, de manera amistosa, resolver cualquier conflicto que pueda surgir en virtud del presente Acuerdo.
    3. Toda reclamación extrajudicial deberá presentarse en el plazo de un mes a partir del momento en que haya surgido el motivo que haya originado el litigio.
    4. La Parte que reciba dicha reclamación deberá responder sobre el punto en el plazo de un mes desde el momento de la recepción de la reclamación. En caso de que no pueda llegarse a un acuerdo mediante el intercambio de reclamaciones y negociaciones, el caso se resolverá mediante arbitraje en Londres de acuerdo con las Reglas de la Asociación de Árbitros Marítimos de Londres (LMAA) vigentes en ese momento de conformidad con la Ley de Arbitraje de 1996 o cualquier modificación legal o nueva promulgación de la misma, salvo en la medida necesaria para hacer efectivas las disposiciones de esta Cláusula, y por un árbitro designado de conformidad con dichas Reglas. Los plazos de la cláusula 10.3 y de esta cláusula 10.4 no se aplican a las reclamaciones por pérdida, daño o retraso con respecto a las Mercancías, que están sujetas a los plazos y requisitos de notificación establecidos en las Reglas de la FIATA y el STC.
    5. La lengua del procedimiento de arbitraje será el inglés.
    6. La sede del arbitraje será Londres, Inglaterra, incluso cuando la audiencia tenga lugar fuera de Inglaterra.
    7. El arbitraje se llevará a cabo de conformidad con los Términos de la London Maritime Arbitrators Association (LMAA) vigentes en el momento en que se inicie el procedimiento de arbitraje.
    8. En los casos en que ni la demanda ni la reconvención superen la suma de 100.000 US$ (o cualquier otra suma que las partes puedan acordar), el arbitraje se llevará a cabo de conformidad con el proceso de escasa cuantía de la LMAA vigente en el momento en que se inicie el procedimiento de arbitraje.
    9. En los casos en que la demanda o cualquier reconvención supere la suma acordada para el proceso de escasa cuantía de la LMAA y ni la demanda ni la reconvención superen la suma de 400.000 dólares estadounidenses (o cualquier otra suma que las partes puedan acordar), las partes podrán acordar además que el arbitraje se lleve a cabo de conformidad con el proceso de demandas intermedias de la LMAA vigente en el momento en que se inicie el procedimiento de arbitraje.
    10. Sin perjuicio de las disposiciones anteriores, SeaRates se reserva el derecho a presentar una reclamación contra el Cliente ante cualquier tribunal del lugar donde el Cliente tenga su domicilio social o centro de actividad.
    11. Los casos relativos a la recuperación de importes pendientes por parte del Cliente en concepto de Fletes y Tasas a favor de SeaRates, a discreción de SeaRates, podrán someterse a arbitraje, consideración, decisión final y recuperación con la participación de la Cámara de Recuperación y Arbitraje de Fletes (FR&AC), situada en Corso di Porta Vittoria n. 28, 20122 Milán, Italia.
  11. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES, NORMAS Y REGLAMENTOS LEGALES

    1. LUCHA CONTRA LA ESCLAVITUD Y LA TRATA DE PERSONAS
      El cliente cumplirá todas las leyes, normas y reglamentos legales aplicables que prohíban la esclavitud y la trata de personas en su propia empresa, así como en su cadena de suministro
    2. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES ANTIMONOPOLIO
      El Cliente cumplirá estrictamente todas las leyes antimonopolio aplicables, las leyes sobre prácticas comerciales y cualquier otra ley, norma o reglamento sobre competencia que se refiera, por ejemplo, a monopolios, competencia desleal y restricciones del comercio, así como a las relaciones con competidores y clientes. El Cliente no celebrará acuerdos con competidores ni participará en otros actos que puedan afectar injustamente a la competencia, incluidos, entre otros, la fijación de precios o la asignación de mercados.
    3. LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
      SeaRates no tolera ninguna forma de corrupción. Así pues, el Cliente cumplirá las leyes y normativas aplicables en materia de soborno y lucha contra la corrupción, incluidas las relativas a prácticas corruptas en el extranjero. El Cliente no participará ni tolerará ninguna forma de corrupción, soborno, robo, malversación o extorsión ni el uso de pagos ilegales, incluyendo, sin limitación, cualquier pago u otro beneficio otorgado a cualquier individuo, empresa o funcionario gubernamental, con el fin de influir en el proceso de toma de decisiones en violación de las leyes aplicables. Específicamente, el Cliente no debe ofrecer beneficios ilegales o favores ilegales como pagos de sobornos, comisiones u otros beneficios ilegales, incluyendo regalos inapropiados y hospitalidad indebida hacia los empleados de SeaRates para el intercambio de oportunidades de negocio.
      Esta política se aplica a todas las formas de soborno, ya sea hacia o desde personas o entidades públicas o privadas. Cualquier persona afiliada al Cliente debe cumplir estrictamente todas las leyes aplicables, incluida cualquier ley anticorrupción aplicable. Estas pueden incluir la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE.UU. y/o la Ley de Soborno del Reino Unido.
    4. NORMATIVA DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN
      El Cliente cumplirá todas las leyes de control de importación y exportación aplicables, incluidas, entre otras, sanciones, embargos y otras leyes, normativas, órdenes y políticas gubernamentales que controlen la transmisión o el envío de bienes, tecnología y pagos.
    5. PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE DINERO
      El Cliente desempeñará sus funciones en estricto cumplimiento de todas las leyes, normas, reglamentos, decretos y/u órdenes gubernamentales oficiales aplicables y no participará en ninguna actividad de blanqueo de dinero y no provocará en modo alguno que otra parte incumpla o corra el riesgo de incumplir cualquier ley, norma, reglamento, decreto y/u orden gubernamental oficial, incluso en relación con la lucha contra el soborno, el control de las exportaciones, las sanciones internacionales (incluidas, entre otras, las de la Unión Europea, cualquier Estado miembro de la UE, los Estados Unidos de América o las Naciones Unidas, Suiza, el Reino Unido, los EAU y los países de la región del Gran Caspio) y las leyes y reglamentos contra el blanqueo de dinero.

SERVICIOS LOGÍSTICOS - ACUERDO PÚBLICO DE PROVEEDORES

Usted o su empresa (en adelante "Vendedor"); y SEARATES FZE con domicilio social en PO Box 17000, JAFZA 17, 5TH Floor, Dubai, Emiratos Árabes Unidos ("SeaRates");

(cada una de ellas una "Parte" y conjuntamente las "Partes")

Han acordado la siguiente prestación de servicios logísticos


Antecedentes

SeaRates gestiona la plataforma de reservas en línea y expedición de mercancías SeaRates y ofrece servicios de reserva de logística y expedición de mercancías a los clientes tanto a través de la plataforma de reservas en línea como de la venta directa.

SeaRates tiene la intención de designar al Vendedor para que preste los Servicios (tal y como se definen a continuación) a SeaRates y a sus Clientes, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato y de conformidad con los mismos.


Condiciones acordadas


  1. INTERPRETACIÓN

    1. En el presente Acuerdo se utilizan las siguientes definiciones:

      "Acuerdo" se refiere a estas condiciones generales y a cualquier Apéndice de las mismas, tal y como puedan ser modificados de vez en cuando, sujeto al consentimiento mutuo de ambas Partes;

      "Grupo DPW" significa las entidades de DP WORLD que operan bajo y como marca comercial SeaRates y cualquier otra empresa o entidad que sea directa o indirectamente propiedad o esté controlada por DP World FZE, e incluyendo cualquier filial directa o indirecta, subsidiaria, empresa conjunta, agente o subcontratista de SeaRates FZE como SeaRates o de cualquier otra empresa o entidad;

      "Carga" significa artículos de cualquier tipo, transportados o a ser transportados en un Contenedor o de otra forma;

      "Tarifas" se refiere a las tarifas que el Vendedor cobrará a SeaRates en relación con los Servicios, tal y como se establece en la Sección 8 y en la Solicitud.

      "Flete" se refiere a los fletes, tasas, recargos y otros importes, incluidas las penalizaciones, multas y otros reembolsos que SeaRates cobrará al cliente a través del Vendedor en relación con los Servicios, tal y como se establece en la Sección 8 y en la Aplicación.

      "Hoja de Tarifas" significa la hoja de tarifas sobre el Servicio (Flete y Cargos) son determinados y acordados por las Partes a través del intercambio de cartas electrónicas, que tienen la fuerza de la Solicitud.

      "Contenedor" significa cualquier contenedor, caja, paleta u otro elemento utilizado para la consolidación o embalaje de la Carga;

      "Cliente" se refiere a cualquier cliente que realice una reserva de Servicios en la plataforma SeaRates, o que celebre acuerdos de expedición relevantes a través de ventas directas, o para el que SeaRates acuerde de otro modo organizar o prestar Servicios, así como el consignatario a favor del cual se entrega la Carga;

      "Titular" significa (de acuerdo con el par. 10 Capítulo 1 del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo):

      (a) una persona que esté en posesión de un documento de transporte negociable; y

      (i) si el documento es un documento de pedido, se identifica en él como el expedidor o el destinatario, o es la persona a la que el documento está debidamente endosado; o bien

      (ii) si el documento es un documento de orden endosado en blanco o un documento al portador, es el portador del mismo; o

      (b) la persona a la que se haya emitido o transferido un documento electrónico de transporte negociable de conformidad con los procedimientos mencionados;

      "Comerciante" Incluye El Remitente (Consignador) y Consignatario que se especifica en el correspondiente Conocimiento de Embarque, Titular de este Conocimiento de Embarque, el receptor de las Mercancías y cualquier Persona propietaria, con derecho o que reclame la posesión de las Mercancías o de este Conocimiento de Embarque o cualquier persona que actúe en nombre de esta persona;

      "Día(s)" se refiere a los días ordinarios de la semana, incluidos fines de semana y festivos;

      "Fecha de entrada en vigor" significa la fecha escrita en primer lugar más arriba, o la fecha de inicio de los Servicios, si es anterior;

      "Fuerza Mayor" significa cualquier caso fortuito, terremoto, inundación, ataque terrorista, guerra u otro acontecimiento según ICC 2003 (ICC Publication No. 650) más allá del control razonable de la Parte que alega Fuerza Mayor. La Fuerza Mayor no incluye ninguna huelga, conflicto laboral o acción industrial que el Vendedor podría haber evitado razonablemente;

      "Marcas SeaRates" hace referencia a todos los nombres, logotipos, marcas comerciales, nombres comerciales, plataformas y marcas de servicio presentes y futuros de SeaRates y del Grupo DPW.

      • Nota y descargo de responsabilidad: El uso de la marca SeaRates en el presente Acuerdo de Proveedor como nombre comercial, plataforma de reservas y expedición de carga en línea, etc. no implica, indica ni se interpretará en modo alguno por defecto como que cualquier empresa que contenga la palabra "searates" en su nombre, ya sea sola o como parte de otras palabras, tanto si dicha empresa es miembro del Grupo DPW como si no, está directa o indirectamente relacionada con SEARATES FZE que comercia como SeaRates.
      • Por la presente declara que en el proceso de ejecución de este Acuerdo de Proveedor cualquier empresa que contenga la palabra "searates" en su nombre no es por defecto una oficina de representación, agente u otro representante de SEARATES FZE comercializando como SeaRates a menos que otro acuerdo claro y definitivo proporcionado por escrito apropiado entre ellos.
      • Sobre la base de lo anterior SEARATES FZE comercializando como SeaRates no tiene ninguna responsabilidad y no acepta ninguna reclamación y demandas, tanto por cualquier obligación fiscal y cualquier otra responsabilidad contractual o extracontractual a / de cualquier autoridad gubernamental y el organismo y / u otra empresa comercial o no comercial de cualquier país por las acciones o falta de acción de cualquier empresa que contiene la palabra "searates" en su nombre;

      "Servicios" se refiere a los servicios descritos en este Contrato, en particular en la Solicitud, y a otros servicios que el Vendedor deberá prestar de mutuo acuerdo. El Vendedor proporcionará el transporte marítimo, terrestre y/o aéreo de acuerdo con este Contrato, y con toda la habilidad y cuidado razonables. Como parte del servicio mencionado anteriormente o independientemente de él, SeaRates da instrucciones y confía en el Vendedor, y el Vendedor se compromete a organizar, a expensas de SeaRates, el transporte, la expedición de mercancías y el servicio logístico, el transporte de cargas dentro, hacia o desde los territorios especificados en la Solicitud (incluidas las rutas internacionales), así como la prestación de otros servicios de expedición al Cliente, según lo acordado entre las Partes.

      "Solicitud" es un documento (como un formulario de reserva o instrucciones de envío) que contiene el nombre y la cantidad de carga, sus propiedades, ruta de transporte (lugar de recepción, puerto de carga, puerto de descarga, lugar de entrega de la carga), la fecha prevista cuando el cargador entrega la carga y el período aproximado de entrega de la carga al destinatario, el tipo deseable de los medios de transporte, la información completa y exacta sobre el cargador y el destinatario y otra información necesaria (incluyendo las condiciones de pago, si es necesario) en relación con la organización del Servicio, se especifican.

      • A los efectos del presente Acuerdo, se considera Solicitud cualquier mensaje escrito formalizado o no formalizado (de cualquier forma libre, pero que contenga todos los elementos necesarios de la Solicitud indicados en la interpretación de "Solicitud" de esta Cláusula) y enviado por el Cliente por correo electrónico (tanto con un archivo adjunto como con un mensaje de texto únicamente) o por otro mensajero electrónico que permita a SeaRates identificar de forma inequívoca y sin lugar a dudas dicho mensaje como la intención real del Cliente o de la Parte que actúa en nombre del Cliente de trasladar la carga dentro de uno y/o entre varios países.
      • Por regla general, la solicitud se presenta al menos una (1) semana antes de que la carga esté lista para el transporte en la fecha deseada de carga y/o expedición.
      • A pesar de lo especificado anteriormente, las Partes no garantizan y no son responsables de la violación de las condiciones declaradas por el transportista real (en tierra, mar, aire y ferrocarril) de salida o llegada de la carga, de la ausencia, disponibilidad o facilidad de acceso al mercado de cualquier tipo de medio de transporte, contenedores y otros equipos específicos, y de la adhesión al calendario de tráfico de los transportistas reales.

    2. Los encabezamientos del presente Acuerdo se utilizan únicamente por comodidad y no afectarán a la interpretación del mismo.

    3. En el presente Acuerdo, las referencias al singular incluirán el plural y viceversa.

    4. La referencia a cualquier término legal inglés se considerará, con respecto a cualquier jurisdicción distinta de Inglaterra, que incluye lo que más se aproxime en dicha jurisdicción al término legal inglés.

    5. Todos los Servicios y demás actividades en virtud del presente Acuerdo están sujetos, en primer lugar, a las Reglas Modelo de la FIATA para Servicios de Transporte de Mercancías (en adelante, las Reglas FIATA). Las Reglas FIATA son los términos y condiciones prioritarios sobre los que las Partes están dispuestas a hacer negocios.

  2. CITACIÓN

    1. El Vendedor se compromete a prestar los Servicios a SeaRates a partir de la Fecha de Entrada en Vigor.

    2. SeaRates también podrá designar a otras personas para que presten Servicios de naturaleza idéntica o similar a los Servicios.

    3. SeaRates no se compromete ni garantiza a ofrecer ninguna cantidad mínima de Contenedores o reservas, o solicitudes o pedidos de Servicios, al Vendedor durante la vigencia del presente Contrato o de cualquier otro modo.

  3. TÉRMINO Y RESCISIÓN

    1. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de registro del usuario en SeaRates.com y continuará vigente durante un período inicial de 1 año[s] ("Plazo Inicial"). Un nuevo Período de 1 año comenzará al expirar el Período Inicial. Este procedimiento de renovación y rescisión se aplicará a cada periodo subsiguiente de 1 año tras el periodo inicial.

    2. No obstante lo dispuesto en la cláusula 3.1, el presente Acuerdo podrá rescindirse en cualquier momento de cualquiera de las siguientes formas:

      1. previa notificación del Vendedor a SeaRates con al menos 3 meses de antelación; dicha notificación no surtirá efecto antes del vencimiento del Periodo Inicial o de cualquier Periodo posterior;
      2. en cualquier momento por SeaRates, previa notificación al Vendedor con 1 mes de antelación; o
      3. incumplimiento por cualquiera de las Partes de la obligación de subsanar un incumplimiento sustancial del presente Acuerdo que no haya sido subsanado en un plazo de 15 Días a partir de la notificación del incumplimiento por la otra Parte;
      4. inmediatamente por cualquiera de las Partes si la otra Parte entra en cualquier forma de insolvencia, quiebra, suspensión de pagos, administración, o cesa o amenaza con cesar en sus actividades, o aprueba una resolución de liquidación, o es incapaz de pagar sus deudas;
      5. si una de las Partes, debido a un acontecimiento de fuerza mayor, se ve impedida o gravemente retrasada en el cumplimiento de sus obligaciones durante un periodo continuado superior a 1 mes, la otra Parte podrá rescindir el presente Acuerdo con efecto inmediato.
    3. El "incumplimiento sustancial" del presente Contrato incluye el incumplimiento de las obligaciones de seguro del Vendedor, de conformidad con la Sección 7; el impago por parte del Vendedor de las reclamaciones a su vencimiento, o el incumplimiento por parte del Vendedor de cumplir y prestar cualquiera de los Servicios definidos en el presente Contrato en 3 ocasiones cada mes durante 2 meses consecutivos y dicho incumplimiento se repite en el tercer mes consecutivo.

    4. La terminación del presente Acuerdo por cualquier motivo se entenderá sin perjuicio de los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Acuerdo que se hayan devengado con anterioridad a la terminación. Las cláusulas y disposiciones del presente Acuerdo que, por su naturaleza, sobrevivan a la terminación seguirán en pleno vigor y efecto a pesar de la terminación del presente Acuerdo por cualquier motivo.

    5. En caso de rescisión del presente Contrato, el Vendedor pondrá a disposición de SeaRates, para su recogida, previa instrucción por escrito de SeaRates, todas las listas, manuales de operaciones, directrices técnicas, documentos y/o bienes relativos y/o pertenecientes a SeaRates que obren en poder del Vendedor y que sean devueltos inmediatamente a SeaRates.

    6. Si el Vendedor no pone a disposición los artículos dentro de 14 catorce Días de recibo de una instrucción escrita según 3.5 arriba, el Vendedor compensará SeaRates el valor asegurado de los artículos.

  4. RESULTADOS DEL VENDEDOR

    1. El Vendedor prestará los Servicios de forma diligente, profesional, puntual y adecuada, y cumplirá todas las normativas, leyes, ordenanzas y mejores prácticas del sector aplicables (incluidas las aplicables a la salud, la seguridad y el medio ambiente).

    2. El vendedor asume la plena responsabilidad de todo el ámbito de los procedimientos en el país (es) de su funcionamiento (se encarga de la organización de servicios adicionales a petición del destinatario del cliente), así como de las consecuencias de tales procedimientos que resultan en tasas adicionales. El vendedor tiene que pagarse a sí mismo para pagar todas las facturas que están asociados con los costos adicionales y multas que no fueron previamente acordados.

    3. El Vendedor deberá estar en posesión de todas las aprobaciones, certificados o licencias necesarios para la prestación de los Servicios (si se requieren). El Vendedor pagará todas las tasas gubernamentales y municipales, u otras tasas de conformidad con las leyes, normas y reglamentos aplicables. Dichas tasas se considerarán incluidas en los Cargos.

    4. El Vendedor empleará y mantendrá el personal con la licencia, cualificación, formación, dirección y supervisión necesarias para prestar los Servicios de forma adecuada y segura, de conformidad con el presente Contrato. El Vendedor tendrá el control y la supervisión completos de los Contenedores y la Carga mientras estén bajo su custodia, posesión y control; y el Vendedor controlará los detalles del trabajo de cualquier persona que transporte, opere o manipule de otro modo los Contenedores y la Carga durante dicho tiempo.

    5. El Vendedor mantendrá equipos propios en cantidad y calidad suficientes, necesarios para prestar los Servicios de forma adecuada y segura, de conformidad con el presente Contrato. Cuando proceda, dicho equipo deberá cumplir las normas ISO. SeaRates y/o su Cliente, incluidos los representantes u otras personas designadas por los mismos, podrán inspeccionar en cualquier momento todo el equipo utilizado por el Vendedor, la calidad de la mano de obra y el nivel de rendimiento del Vendedor en virtud del presente Contrato. Dicho derecho se ejercerá previo aviso razonable al Vendedor y no podrá interferir significativamente en el cumplimiento por parte del Vendedor de sus obligaciones en virtud del presente Contrato.

    6. El Vendedor no permitirá que ningún Contenedor o Carga abandone su custodia o control sin el permiso expreso y por escrito de SeaRates, y sólo en la medida de dicho permiso.

    7. El Vendedor garantiza que dispone en todo momento de capacidad suficiente para prestar los Servicios solicitados por SeaRates.

    8. En la medida en que alguna de las obligaciones sea subcontratada en virtud de este acuerdo, el Vendedor seguirá siendo responsable de la actuación del subcontratista y del cumplimiento por parte del subcontratista de las obligaciones del Vendedor en virtud de este acuerdo.

  5. POLICIAS y TRATAMIENTO MÁS FAVORABLE

    1. SeaRates es miembro del Grupo DPW. El Vendedor deberá respetar todas las políticas de SeaRates o del Grupo DPW que se le comuniquen periódicamente por escrito.

    2. El Vendedor tratará a SeaRates y a su Cliente como cliente prioritario. Si el Vendedor debe decidir entre algunos o todos sus clientes en cuanto a los Servicios de qué clientes se llevarán a cabo, entonces los Servicios de SeaRates estarán entre los que se lleven a cabo.

  6. SEGURO DEL VENDEDOR

    1. El Vendedor deberá demostrar, antes de la Fecha de entrada en vigor, y mantener, a sus expensas, una cobertura de seguro completa, a saber, un Seguro de responsabilidad civil de transporte y logística con una aseguradora acreditada para todos los Servicios y sus demás obligaciones y responsabilidades en virtud del presente Contrato. Previa solicitud, el Vendedor facilitará a SeaRates el documento de la póliza y el recibo más reciente de la prima, y cumplirá cualquier obligación que exija dicho seguro, sin hacer nada que pudiera invalidarlo. Dicho seguro incluirá, como mínimo, cobertura para (a) responsabilidades frente a terceros; (b) responsabilidades por pérdida y daños a los Contenedores y la Carga; y (c) errores y omisiones; cada cobertura se hará en condiciones no menos favorables para el Vendedor que las condiciones de mercado y por un importe por incidente aceptable para SeaRates y que, por lo demás, cumpla todos los requisitos legales.

    2. El vendedor se asegurará de que SeaRates reciba notificación inmediata por escrito de cualquier cancelación, rescisión, suspensión, revocación o modificación sustancial de la cobertura de dicho seguro.

    3. Ningún seguro o los límites de dichos seguros se interpretarán en modo alguno como un límite de la responsabilidad del Vendedor.

    4. Para los envíos a granel y las operaciones de estiba, el Vendedor deberá disponer de una cobertura de seguro completa para llevar a cabo las operaciones portuarias en términos de muelle y costa y, como mínimo, deberá incluir las operaciones de barcaza, carga/descarga de mercancías y operaciones de equipamiento. Además, el Vendedor acepta que es responsable de realizar todo el trabajo por su cuenta y riesgo y exime a SeaRates de cualquier responsabilidad, incluidas las reclamaciones de terceros por daños materiales, lesiones corporales e incidentes mortales. Además, el vendedor acepta asumir toda la responsabilidad en cuanto a daños a los bienes del cliente y su compensación.

  7. FLETE Y CARGAS

    1. SeaRates podrá deducir de cualquiera de los Cargos (de otro modo adeudados al Vendedor) cualquier cantidad adeudada o debida por el Vendedor, incluida cualquier cantidad pendiente de reclamación o responsabilidad por pérdida o daños a Contenedores o Carga.

    2. A menos que se acuerde lo contrario en la Solicitud, por defecto SeaRates pagará los Cargos en un plazo de 30 Días hábiles a partir de la fecha de la factura correcta del Vendedor. El Vendedor no tendrá derecho a cobrar intereses ni a compensar ningún importe de los Cargos vencidos sin el previo aviso y consentimiento de SeaRates. Si la Solicitud contiene otras condiciones de pago distintas a las de la cláusula 7.2 de este documento, prevalecerán las condiciones de la Solicitud.

    3. SeaRates podrá exigir la facturación a través de su plataforma iSupplier o de su sistema de autofacturación, con sujeción a las condiciones que se acuerden por separado.

    4. Todos los pagos a SeaRates se harán a la siguiente cuenta, o a cualquier otra cuenta que SeaRates pueda designar de vez en cuando:

      SEARATES FZE
      JAFZA 17, 5TH Floor, Dubai, UAE, PO Box 17000
      TRN: 104017998600003
      Nombre del banco: HSBC Bank
      Dirección del banco: HSBC Bank Middle East Limited, PO Box 66, U.A.E
      USD IBAN: AE210200000023186091100
      EUR IBAN: AE910200000023186091101
      AED IBAN: AE750200000023186091001
      Código Swift / BIC: BBMEAEAD
      Nota: si el país del pagador no está conectado al sistema IBAN, por favor, utilícelo como se indica a continuación:
      USD Número de cuenta: 023-186091-100
      EUR Número de cuenta: 023-186091-101
      AED Número de cuenta: 023-186091-001
    5. Todos los pagos al Vendedor se harán a la cuenta mencionada en la factura del Vendedor, y deberán contener la siguiente información clara:

      • Nombre del beneficiario

      • Nombre del banco

      • Dirección bancaria

      • Número de cuenta/ IBAN

      • Código Swift

      • TRN (o similar)

  8. FACTURA Y PAGO

    1. El Vendedor cobrará a SeaRates por sus Servicios prestados según las tarifas acordadas. Cualquier gasto bancario relacionado con el pago correrá a cargo del Vendedor (en el campo 71A del mensaje SWIFT se indicará "BEN"). SeaRates no será responsable de ningún fallo o incapacidad del Vendedor o de su banco para recibir dichos pagos.

    2. No se deberá abonar ningún cargo a menos que se indique o acuerde expresamente. SeaRates no será responsable de los honorarios cobrados por el Vendedor por cualquier trabajo realizado, excepto cuando los servicios pertinentes hayan sido encargados formalmente por escrito. SeaRates sólo efectuará los pagos al Vendedor que se hayan acordado explícitamente en el Acuerdo y el Vendedor no tendrá derecho a ninguna remuneración adicional por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Acuerdo, a menos que se indique específicamente en el mismo que el Vendedor tiene derecho a dichos "pagos adicionales".

    3. El Vendedor emitirá mensualmente facturas a SeaRates que cubran los Servicios prestados y los desembolsos realizados durante el mes anterior. SeaRates pagará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción de la factura correcta. Todas las facturas deberán estar debidamente respaldadas por copias de los Informes de Recepción Diaria, Informes de Carga de Contenedores, Recibos Oficiales, etc. de cualquier tercero al que el Vendedor haya pagado dinero en nombre de SeaRates, enumerados como número de unidad específico, de conformidad con el presente Acuerdo y cualquier otra prueba y documentos que SeaRates pueda requerir.

    4. Todas las compensaciones pagaderas en virtud del presente Acuerdo excluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), derechos o impuestos. El IVA u otros derechos e impuestos aplicables se cobrarán por separado.

    5. Si es aplicable el Convenio/Acuerdo para evitar la doble imposición entre los países de residencia de SeaRates y el Vendedor, para pagar los Fletes y Cargos y evitar la doble imposición, el Vendedor está obligado, a petición de SeaRates, a proporcionarle un certificado de residencia fiscal (TRC). En caso de no proporcionar un TRC, el Vendedor acepta y reconoce la obligación de SeaRates está obligado a retener cualquier impuesto debido de acuerdo con su legislación fiscal nacional y así como cualquier otra tasa que se aplique.

    6. En caso de que SeaRates impugne una factura recibida del Vendedor, SeaRates lo notificará al Vendedor por escrito y devolverá la factura impugnada para su corrección. Si la factura errónea se debiera a un error del Vendedor, el plazo de pago de 30 días hábiles comenzará a contar a partir de la recepción por parte de SeaRates de la nueva factura corregida.

    7. En caso de que SeaRates no efectúe el pago en los 30 días mencionados, el Vendedor se pondrá en contacto con SeaRates por escrito e informará a SeaRates del incumplimiento. SeaRates, a su vez, organizará el pago de lo pendiente en un plazo de 15 días laborables, a menos que se impugne por escrito al Vendedor.

    8. Salvo lo dispuesto en el presente documento, SeaRates, cualquiera de los clientes de SeaRates o sus contratistas o subcontratistas no efectuarán pago alguno.

    9. En caso de rescisión del presente Contrato, se considerará que dicha rescisión, independientemente del motivo y de la Parte que la notifique, suspende automáticamente la obligación de SeaRates de efectuar cualquier pago al Vendedor, hasta que todas las cuentas y litigios pendientes se hayan resuelto en su totalidad, momento en el cual las Partes deberán, tan pronto como sea posible, efectuar una liquidación completa.

  9. ESTATUTO CONTRACTUAL Y RESPONSABILIDAD

    1. Se acuerda que SeaRates es también una plataforma de reservas y organiza los Servicios con el Vendedor en nombre de sus Clientes. El Vendedor es directamente responsable ante el Cliente de la prestación de los Servicios de conformidad con las instrucciones de SeaRates y el presente contrato. El Vendedor también observará las instrucciones del Cliente para los Servicios. Los derechos de SeaRates establecidos en el presente Acuerdo también serán exigibles por el Cliente.

    2. El Vendedor será responsable ante SeaRates de cualquier pérdida causada por o derivada de la pérdida, daño, robo o retraso de cualquier Contenedor o Carga durante el periodo en que dicho Contenedor o Carga se encuentren en posesión, custodia o control real o, en virtud de la legislación aplicable, constructivo del Vendedor. La posesión, custodia o control por parte del Vendedor incluirá el periodo comprendido entre el momento de la aceptación del Contenedor o la Carga por parte del Vendedor y el momento de la entrega del Contenedor o la Carga de acuerdo con las instrucciones escritas de SeaRates, tal y como se demuestre mediante la recepción por escrito de las mismas por parte de SeaRates u otra persona autorizada por SeaRates.
      Por "retraso" se entiende el incumplimiento por parte del Vendedor de los plazos acordados/razonables para la emisión y/o entrega de documentos de embarque (conocimientos de embarque, comunicados por télex, etc. ) para la entrega de cargas (contenedores) a SeaRates (o a sus clientes, agentes u otros subcontratistas), incluido el hecho de ignorar o no cumplir dentro de un plazo razonable con los requisitos y/o recordatorios de SeaRates, lo que provoca la aparición de demoras y detenciones y la presentación de reclamaciones adecuadas sobre su pago por parte de las compañías navieras (sus agentes u otros subcontratistas) a SeaRates, siempre que SeaRates haya pagado a tiempo los Fletes y Cargos.

    3. Dado que SeaRates no es el propietario, sino sólo el operador legal de la Carga, SeaRates no otorgará ninguna garantía o representación, ya sea expresa o implícita, en cuanto a la idoneidad, peso o condición de cualquier Carga o Contenedor o el contenido de los mismos y el Vendedor acepta dicha Carga o Contenedores y el contenido de los mismos enteramente bajo su propio riesgo.

    4. El Vendedor será responsable ante SeaRates de cualquier pérdida causada o derivada del incumplimiento por parte del Vendedor, sus empleados, agentes o subcontratistas de cualquier obligación contraída en virtud del presente Contrato.

    5. El Vendedor hará todo lo posible para mitigar la pérdida en relación con los Servicios.

    6. El Vendedor asumirá la responsabilidad, defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a SeaRates y a su cliente de cualquier responsabilidad incurrida como consecuencia de cualquier acción bajo este Acuerdo por parte del Vendedor, sus empleados, agentes o subcontratistas o empleados de dichos agentes o subcontratistas y proporcionará a SeaRates cualquier prueba requerida para presentar cualquier reclamación contra el Vendedor y/o para evaluar su posible exposición a cualquier responsabilidad.

    7. El Vendedor es responsable de reembolsar a SeaRates o a su Cliente el valor total de reposición de cualquier Carga o Contenedor que se pierda o dañe mientras esté bajo su custodia o control.

    8. El Vendedor o, si procede, cualquiera de sus subcontratistas, no es propietario de ningún Contenedor o Carga y no ejercerá (y, si procede, se asegurará de que ninguno de sus subcontratistas ejerza) ningún derecho de retención, gravamen o carga sobre ningún Contenedor o Carga.

    9. El Vendedor o, en su caso, cualquiera de sus subcontratistas, no tiene derecho a retener, vender o disponer de otro modo de los Contenedores o Carga o documentos de SeaRates sin consentimiento previo por escrito. En particular, el Vendedor no puede retener ningún documento por impago de Fletes y Cargos. La carga y los contenedores serán liberados inmediatamente por el vendedor sobre la instrucción escrita y clara de SeaRates. Al mismo tiempo, el Vendedor no tiene derecho a liberar Contenedores o Carga al Consignatario, Comerciante o cualquier otra persona sin la aprobación escrita y clara de SeaRates. En caso de incumplimiento de este punto, los servicios del Vendedor se consideran nulos y no prestados y SeaRates no es responsable de pagar las facturas del Vendedor por los servicios o no será responsable de ninguna obligación financiera ante el Vendedor.

    10. SeaRates no es responsable de ninguna detención, sobrestadía u otros costes asociados con el transbordo de la Carga o Contenedores si tales costes se incluyeron en el coste del flete u otros Cargos al Vendedor mediante reserva por adelantado y estos procedimientos y cargos serán realizados y pagados por el Vendedor.

    11. Si las navieras, otros transportistas marítimos incl. NVOCC, empresas estibadoras y de terminales, administraciones portuarias y/o autoridades locales, otros proveedores de servicios añaden a las Tarifas Base de Carga (BAS), tarifas de almacenamiento, otros servicios, etc. Una vez que se hayan cotizado y acordado con SeaRates las BAS, otras tasas y cargos, y las penalizaciones mencionadas anteriormente, el Vendedor está obligado a notificarlo a SeaRates lo antes posible, pero no más tarde de 3 días laborables después de la fecha de emisión de la factura del proveedor de servicios, con la presentación de los documentos justificativos. En caso contrario, SeaRates no será responsable del pago de dichas tasas y recargos, y el Vendedor asumirá toda la responsabilidad de su pago.

    12. El Vendedor proporcionará sin demora toda la asistencia y documentación a SeaRates en relación con cualquier reclamación contra el Vendedor por parte de un Cliente.

    13. Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad de las Partes está sujeta a los términos estándar de la BL apropiada que sea aplicable y a las Reglas de la FIATA.

    14. En caso de abandono / no reclamación de la carga por el Titular (Comerciante) que causó sobrestadía, gastos de almacenamiento y otros costes adicionales, cargos y multas realmente incurridos por el Vendedor a favor de la compañía naviera u otros transportistas, aduanas, administración portuaria y cualquier otra tercera parte comprometida incl. las autoridades estatales, y hecho de acuerdo con la línea naviera y las normas locales y cualquier otro convenio internacional pertinente que se aplican. El Vendedor presentará dichas reclamaciones y/o demandas exclusivamente contra el Titular (Comerciante) apropiado de las cargas abandonadas/no reclamadas, y se compromete a mantener a SeaRates a salvo de cualquier responsabilidad por dichos gastos, riesgos y sanciones.

  10. DEMANDAS Y PLAZO

    1. El Vendedor notificará inmediatamente a SeaRates y al Cliente por escrito cualquier pérdida, daño, robo o retraso de la Carga o los Contenedores o documentos que se produzca en cualquier momento, y asistirá plena y puntualmente a SeaRates en la tramitación y liquidación de cualquier reclamación.

    2. Salvo que se aplique una ley imperativa, cualquier reclamación o acción de indemnización por parte de SeaRates o de un Cliente contra el Vendedor estará sujeta, a menos que se obtenga primero una prórroga o se hayan tomado medidas legales para proteger el tiempo, a un plazo de prescripción de 6 meses a contar desde la fecha de la sentencia final en una reclamación o acción presentada por un cliente de SeaRates o cualquier otra persona contra SeaRates, o desde la fecha en que SeaRates haya resuelto dicha reclamación o acción, lo que ocurra más tarde. Esta disposición es sin perjuicio de las reclamaciones de SeaRates por pérdidas sufridas por SeaRates.

  11. FUERZA MAYOR

    1. Ninguna de las Partes será responsable en la medida en que sea incapaz de cumplir cualquiera de sus obligaciones por guerra, terrorismo, inundación, incendio, tormenta, huelga, embargo u otra causa más allá del control razonable de dicha Parte, como las circunstancias de fuerza mayor (Force Majeure) especificadas en la cláusula de Fuerza Mayor de la CCI 2003 (par. 3) y en la cláusula de excesiva onerosidad de la CCI 2003 (par.2) de la Publicación CCI No.650, incluyendo también los cambios en la legislación, cualquier restricción, orden, prohibición, otras acciones de las autoridades públicas o de la dirección y sus unidades estructurales que sean de naturaleza prohibitiva; así como otras circunstancias imprevistas fuera del control de las Partes, que no puedan ser superadas por métodos razonables, que afecten directamente a la posibilidad de ejecución de este acuerdo. Ello no afectará a la responsabilidad de cualquiera de las Partes de pagar las cantidades adeudadas en virtud del presente Acuerdo, a menos que dicho pago no pueda efectuarse por causa de fuerza mayor propia.

    2. La Parte afectada por la Fuerza Mayor notificará a la otra Parte sin demora indebida y a más tardar dentro de los 2 Días hábiles siguientes al comienzo del evento de Fuerza Mayor, indicando la naturaleza y el alcance de la Fuerza Mayor, y notificará igualmente a la otra Parte dentro de los 2 Días hábiles siguientes al final del evento de Fuerza Mayor.

    3. La Parte afectada no estará obligada a cumplir ninguna de sus obligaciones que se vean impedidas o seriamente retrasadas por el acontecimiento de Fuerza Mayor mientras dicho acontecimiento continúe y no pueda la Parte afectada, haciendo todos los esfuerzos razonables, reanudar su cumplimiento afectado.

  12. PASIVOS DE TERCEROS

    Cada parte (la "Parte Indemnizadora") será responsable e indemnizará a la otra parte (la "Parte Indemnizada") frente a cualquier reclamación de terceros causada o derivada de o en relación con los Servicios y/o que implique la responsabilidad de la Parte Indemnizada por muerte o lesiones personales o daños materiales en los que incurra o sufra la Parte Indemnizada como consecuencia de la negligencia, incumplimiento o infracción de obligaciones legales o del presente Acuerdo por parte de la Parte Indemnizadora.

  13. PROVISIONES INFORMÁTICAS

    1. Las partes cooperarán entre sí en la integración de sus sistemas y en el uso del EDI (intercambio electrónico de datos). Cada una de las partes correrá con los gastos de dicha integración.

    2. Si alguna de las Partes transfiere, o hace que se transfieran, datos a cualquiera de los sistemas de la otra de vez en cuando, será responsable de la calidad y puntualidad de dichos datos y de su transferencia.

  14. DOCUMENTACIÓN

    1. Todos los documentos deberán tener la forma acordada por ambas Partes. El Vendedor no emitirá ningún documento en nombre de, como agente de o nombrando de otra manera a SeaRates o al Cliente sin el permiso expreso por escrito de SeaRates.

    2. El Vendedor mantendrá registros y sistemas verdaderos y completos de acuerdo con las buenas prácticas comerciales y preparará documentos, papeles e informes con respecto a los Servicios prestados en virtud del presente, incluidos los que puedan ser razonablemente exigidos por SeaRates o los Clientes o por cualquier autoridad u organismo competente.

    3. SeaRates y/o su Cliente podrán llevar a cabo una auditoría de los registros, libros, documentos, sistemas y/o cuentas del Vendedor o de su(s) subcontratista(s) en cualquier momento durante el transcurso del presente Contrato, únicamente en horario laboral. El Vendedor deberá cumplir íntegramente con dicha auditoría y prestar toda la asistencia razonable a SeaRates y/o su cliente. Cada una de las partes correrá con los gastos de dicha auditoría. No obstante, el vendedor no estará obligado a dar acceso a ningún dato, información o registro relativo a la actividad de ninguno de sus otros clientes.

  15. CONFIDENCIALIDAD

    1. SeaRates facilitará al Vendedor y al Cliente toda la información necesaria para la correcta prestación de los Servicios y cualquier otra información que sea razonablemente necesaria para la planificación y prestación eficaces de los Servicios.

    2. Las Partes acuerdan que todos los documentos, registros, correspondencia, información y transacciones, en cualquier forma, relativos al funcionamiento o a la actividad empresarial de cualquiera de las Partes (incluido el contenido del presente Acuerdo y, en el caso de SeaRates, incluidos los documentos, registros, correspondencia, información y transacciones de o relativos a los clientes de SeaRates o a su actividad empresarial) serán estrictamente confidenciales. En ningún caso se revelará dicha información confidencial a terceros, ni se utilizará para fines distintos de la ejecución del presente Acuerdo, a menos que:

      • dicha materia sea en ese momento de dominio público o;

      • una Parte sea obligada por cualquier autoridad gubernamental o judicial o;

      • obligados por la legislación o la normativa aplicable;

      • necesarias para la ejecución del presente Acuerdo.

      Cuando una de las partes revele información a un tercero para la ejecución del Acuerdo, sólo revelará información en la medida en que sea necesario, y se asegurará de que el tercero esté obligado a mantener la confidencialidad en términos no inferiores a los previstos en esta Cláusula.

    3. Ninguna de las Partes hará ningún anuncio público relativo al presente Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte.

  16. MODIFICACIONES Y EXENCIONES

    Cualquier adición o modificación al presente Acuerdo deberá hacerse por escrito y ser firmada por ambas Partes. El hecho de que una Parte no insista en cualquier momento en el estricto cumplimiento por la otra Parte de cualquier disposición del presente Acuerdo no constituirá una renuncia a cualquier derecho de dicha Parte a insistir en el estricto cumplimiento en todo momento.

  17. SEVERABILIDAD

    En caso de que alguna de las disposiciones del presente Acuerdo se considere inválida o inaplicable, el resto del Acuerdo no se verá afectado.

  18. TERMINOS ANTERIORES

    En caso de conflicto entre estas condiciones generales y cualquier Aplicación o Apéndice, prevalecerán estas condiciones generales, a menos que se excluya expresa e inequívocamente de otra manera apropiada Aplicación o Apéndice.

  19. PROVISIONES DE GRUPO

    1. Ninguna de las Partes podrá subcontratar, ceder o transferir de otro modo sus derechos, títulos, intereses u obligaciones en virtud del presente Contrato sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte (consentimiento que no se denegará ni retrasará injustificadamente), con la salvedad de que SeaRates podrá ceder el presente Contrato a cualquier empresa u otra entidad del Grupo DPW mediante notificación pública o informando de otro modo al Vendedor.

    2. A petición de cualquier empresa del Grupo DPW, el Vendedor prestará los Servicios a dicha empresa en las mismas condiciones y tarifas que las contenidas en el presente Contrato.

  20. NO ASOCIACIÓN

    1. Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo se interpretará como la creación de una sociedad anónima, asociación o empresa conjunta entre las Partes, y ninguna de las Partes lo representará ni ostentará ante terceros.

    2. El Vendedor no es agente de SeaRates en el sentido de representación, oficina, agencia, misión, residencia, etc., y no tiene autoridad alguna para incurrir en responsabilidades, hacer compromisos contractuales o de otro modo obligar o comprometer a SeaRates, a su Cliente o al propietario de cualquier Contenedor, o Carga con respecto a cualquier asunto. El Vendedor no podrá utilizar ni hacer referencia a ninguna Marca de SeaRates ni a ninguna marca o nombre de ningún Cliente de SeaRates de ninguna manera.

    3. El Vendedor no comparecerá bajo ninguna circunstancia ante un tribunal, arbitraje o mediación en nombre de SeaRates, ni aceptará la notificación de citaciones, autos o cualquier otra notificación de procedimientos legales ("procedimientos") en nombre de SeaRates, sino que deberá informar inmediatamente a SeaRates, en caso de que el Vendedor reciba cualquiera de dichos procedimientos.

  21. ACUERDO DE CIERRE

    El presente Contrato contiene el acuerdo íntegro entre las Partes y sustituye y reemplaza a cualquier acuerdo, representación, entendimiento, presupuesto o respuesta a una licitación anteriores, escritos o verbales, o a cualquier término o condición estándar del Vendedor, incluidos los términos o condiciones impresos en los documentos del Vendedor. Las Partes acuerdan que ninguna de ellas ha suscrito el presente Contrato basándose en cualquier manifestación, garantía o declaración realizada por la otra Parte que no se establezca o a la que no se haga referencia en el presente Contrato.

  22. NOTIFICACIONES

    Todas las notificaciones a cualquiera de las Partes en virtud del presente Acuerdo se realizarán por escrito (incluso por correo electrónico, mensajería o fax) y se dirigirán a las personas de contacto y direcciones pertinentes que se indican a continuación:

    1. Si es para el Vendedor: cualquier Dirección, Persona, Correo electrónico, Número de teléfono (disponible en WhatsApp y otros mensajeros) mencionado o evidente en la correspondencia electrónica entre las partes.

    2. Si a SeaRates: SEARATES FZE
      Dirección: 5th Floor JAFZA 17, Jebel Ali Free Zone, Dubai, UAE 17000
      Dirección: Mr. Alexei Shatunov, Email: logistics@searates.com

  23. DERECHO APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

    1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1.5, el presente Contrato se regirá por la legislación inglesa, con exclusión de las disposiciones relativas a la elección de la legislación aplicable.

    2. Las Partes harán todos los esfuerzos razonables para resolver amistosamente cualquier conflicto.

    3. La Parte que reciba la reclamación deberá responder sobre el punto en el plazo de un mes desde el momento de la recepción de la reclamación.

    4. En caso de que no se pueda llegar a un acuerdo mediante el intercambio de reclamaciones y negociaciones, el caso se resolverá mediante arbitraje en Londres de acuerdo con las Condiciones de la Asociación de Árbitros Marítimos de Londres (LMAA) vigentes en ese momento de conformidad con la Ley de Arbitraje de 1996 o cualquier modificación legal o nueva promulgación de la misma, salvo en la medida necesaria para dar efecto a las disposiciones de la presente Cláusula y por un árbitro designado de conformidad con dicho Reglamento.

    5. Los plazos de las cláusulas 23.3 y 23.4 no se aplican a las reclamaciones por pérdida, daño o retraso con respecto a las Cargas, que están sujetas a los plazos y requisitos de notificación establecidos en los Convenios y Reglas internacionales correspondientes, etc.

    6. La lengua del procedimiento de arbitraje será el inglés.

    7. La sede del arbitraje será Londres, Inglaterra, incluso cuando la audiencia tenga lugar fuera de Inglaterra.

    8. En los casos en que ni la demanda ni la reconvención superen la suma de 100.000 US$ (o cualquier otra suma que las partes puedan acordar), el arbitraje se llevará a cabo de conformidad con el proceso de escasa cuantía de la LMAA vigente en el momento en que se inicie el procedimiento de arbitraje.

    9. En los casos en que la demanda o cualquier reconvención supere la suma acordada para el proceso de escasa cuantía de la LMAA y ni la demanda ni la reconvención superen la suma de 400.000 dólares estadounidenses (o cualquier otra suma que las partes puedan acordar), las partes podrán acordar además que el arbitraje se lleve a cabo de conformidad con el proceso de demandas intermedias de la LMAA vigente en el momento en que se inicie el procedimiento de arbitraje.

    10. Sin perjuicio de las disposiciones anteriores, SeaRates se reserva el derecho de presentar una demanda contra el Vendedor ante cualquier tribunal del lugar donde el Vendedor tenga su domicilio social o centro de actividad.

    11. Los casos relativos a la recuperación de importes pendientes por parte del Vendedor en concepto de Fletes y Tasas a favor de SeaRates, a discreción de SeaRates, podrán someterse a arbitraje, consideración, decisión final y recuperación con la participación de la Cámara de Recuperación y Arbitraje de Fletes (FR&AC), situada en Corso di Porta Vittoria n. 28, 20122 Milán, Italia.

    1. LUCHA CONTRA LA ESCLAVITUD Y LA TRATA DE PERSONAS
      Las Partes cumplirán todas las leyes, normas y reglamentos legales aplicables que prohíban la esclavitud y la trata de personas en su propia actividad empresarial, así como en su cadena de suministro.
    2. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES ANTIMONOPOLIO
      Las Partes cumplirán estrictamente todas las leyes antimonopolio aplicables, las leyes sobre prácticas comerciales y cualesquiera otras leyes, normas y reglamentos en materia de competencia que se refieran, por ejemplo, a monopolios, competencia desleal y restricciones del comercio, así como a las relaciones con competidores y clientes. Las Partes no celebrarán acuerdos con competidores ni participarán en otros actos que puedan afectar injustamente a la competencia, incluidos, entre otros, la fijación de precios o la asignación de mercados.
    3. COMBATING CORRUPTION
      SeaRates does not tolerate any form of corruption. Thus, the Parties will comply with applicable laws and regulations concerning bribery and anti-corruption, including those concerning foreign corrupt practices. Las Partes no participarán ni tolerarán ninguna forma de corrupción, soborno, robo, malversación o extorsión ni el uso de pagos ilegales, incluyendo, sin limitación, cualquier pago u otro beneficio conferido a cualquier individuo, empresa o funcionario gubernamental, con el fin de influir en el proceso de toma de decisiones en violación de las leyes aplicables. Específicamente, las Partes no deben ofrecer beneficios ilegales o favores ilegales tales como pagos de sobornos, comisiones u otros beneficios ilegales, incluyendo regalos inapropiados y hospitalidad indebida a los empleados de la otra parte para el intercambio de oportunidades de negocio.
      Esta política se aplica a todas las formas de soborno, ya sea hacia o desde personas o entidades públicas o privadas. Cualquier persona afiliada a las Partes debe cumplir estrictamente todas las leyes aplicables, incluida cualquier ley anticorrupción aplicable. Estas pueden incluir la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE.UU. y/o la Ley de Soborno del Reino Unido.
    4. PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE DINERO
      Las Partes desempeñarán sus funciones en estricto cumplimiento de todas las leyes, normas, reglamentos, decretos y/u órdenes gubernamentales oficiales aplicables y no participarán en ninguna actividad de blanqueo de dinero y no provocarán en modo alguno que otra parte incumpla o corra el riesgo de incumplir cualquier ley, norma, reglamento, decreto y/u orden gubernamental oficial, incluso en relación con la lucha contra el soborno, el control de las exportaciones, las sanciones internacionales (incluidas, entre otras, las de la Unión Europea, cualquier Estado miembro de la UE, los Estados Unidos de América o las Naciones Unidas, Suiza, el Reino Unido, los EAU y los países de la región del Gran Caspio) y las leyes y reglamentos contra el blanqueo de dinero.

DP WORLD - CONDICIONES COMERCIALES TIPO PARA LOS SERVICIOS DE TRANSITARIOS Y LOGÍSTICOS

PARTE I:         CONDICIONES GENERALES

Definiciones

  1. En estas condiciones

    1. Autoridad. Persona jurídica o administrativa debidamente constituida, que actúa dentro de sus facultades legales y ejerce jurisdicción dentro de cualquier nación, estado, municipio, puerto o aeropuerto.
    2. Transporte significa la totalidad o parte de las operaciones y servicios de cualquier naturaleza realizados por la Compañía en relación con las Mercancías, incluyendo pero no limitado al transporte, carga, descarga, almacenamiento, depósito y manipulación de las mercancías.
    3. Empresa es la empresa que contrata en virtud de las presentes Condiciones.
    4. Contenedor incluye, a menos que se indique lo contrario, cualquier vehículo, contenedor, piso, paleta, remolque, cisterna transportable y elementos similares utilizados para la consolidación de mercancías, así como las instalaciones móviles y los paquetes de madera.
    5. Cliente significa cualquier persona, ya sea ella misma un agente o un mandante, a cuya solicitud o en cuyo nombre la Empresa presta un servicio.
    6. Mercancías peligrosas incluye mercancías que son o pueden llegar a ser de naturaleza peligrosa, inflamable, radioactiva o dañina, mercancías susceptibles de contaminar o afectar a otras mercancías y mercancías susceptibles de albergar o favorecer alimañas u otras plagas.
    7. Bienes incluye la carga y cualquier contenedor no suministrado por la Compañía o en su nombre, respecto de los cuales la Compañía preste un servicio;
    8. Reglas de La Haya significa las disposiciones del Convenio Internacional para la Unificación de ciertas reglas relativas a los Conocimientos de Embarque, firmado en Bruselas el 25 de agosto de 1924;
    9. Instrucciones significa una declaración de los requisitos específicos del Cliente;
    10. Propietario incluye al propietario, remitente y consignatario de la Mercancía y a cualquier otra Persona que tenga o pueda tener una relación legal o equitativa con la Mercancía en un momento relevante y a cualquiera que actúe en su nombre.
    11. Persona incluye a las personas físicas o jurídicas.
    12. DER significa Derecho Especial de Giro. El DEG se ajustará a la definición del Fondo Monetario Internacional y el valor de un DEG en relación con cualquier reclamación derivada del presente documento se calculará en la fecha en que se acuerde la liquidación o en la fecha de cualquier sentencia

    Los títulos de las cláusulas o grupos de cláusulas de estas condiciones son meramente indicativos.

    Se llama la atención del Cliente sobre las Cláusulas del presente documento que excluyen o limitan la responsabilidad de la Empresa y aquellas que exigen que el Cliente indemnice a la Empresa en determinadas circunstancias.

  2. Aplicación

    1. Con sujeción a la subcláusula (B) siguiente, todos los servicios y actividades de la Sociedad en el curso de los negocios de la Sociedad, ya sean gratuitos o no, están sujetos a las presentes Condiciones.


      1. Las disposiciones de la Parte I se aplicarán a todos estos servicios y actividades.
      2. Las disposiciones de la Parte II sólo se aplicarán en la medida en que la Sociedad preste tales servicios y actividades en calidad de agente.
      3. Las disposiciones de la Parte III sólo se aplicarán en la medida en que la Sociedad preste tales servicios y actividades en calidad de mandante.
    2. Las disposiciones siguientes prevalecerán en la medida en que sean incompatibles con las presentes Condiciones:
    3. las disposiciones contenidas en un documento que lleve el título de "conocimiento de embarque" o "carta de porte" (sea o no negociable), cuando dicho documento haya sido emitido por la Compañía o en su nombre y establezca que la Compañía contrata como transportista.
    4. Las disposiciones de la Parte IV de las presentes Condiciones, en la medida en que la Compañía preste los servicios de limpieza, mantenimiento, reparación o almacenamiento de Contenedores y los servicios auxiliares relacionados con los mismos.
    5. Toda modificación, anulación o renuncia a las presentes Condiciones deberá constar por escrito y estar firmada por un directivo de la Sociedad. Por la presente se notifica que ninguna otra persona tiene o tendrá autoridad alguna para acordar cualquier variación, cancelación o renuncia a estas Condiciones.
  3. Todos los servicios y actividades son prestados por la empresa en calidad de agente, salvo en las siguientes circunstancias, en las que la empresa actúa como principal:


    1. cuando la empresa realice cualquier transporte, manipulación o almacenamiento de Mercancías pero sólo en la medida en que el transporte sea realizado por la propia Empresa o sus empleados y las Mercancías estén bajo la custodia y control reales de la Empresa, o
    2. cuando, antes del inicio de cualquier transporte, manipulación o almacenamiento de Mercancías, el Cliente exija por escrito a la Empresa datos sobre la identidad, servicios o tarifas de las personas encargadas por la Empresa para realizar parte o la totalidad del transporte, se considerará que la Empresa contrata como principal respecto a la parte del transporte para la que la Empresa no facilite dichos datos exigidos en un plazo de 28 días a partir de la recepción por parte de la Empresa de dicha exigencia, o
    3. en la medida en que la empresa acepte expresamente por escrito actuar como mandante, o
    4. en la medida en que un tribunal considere que la empresa ha actuado como principal.
  4. Sin perjuicio de la generalidad de la cláusula 3,


    1. el cobro por parte de la Sociedad de un precio fijo por un servicio o servicios de cualquier naturaleza no determinará por sí mismo ni será prueba de que la Sociedad actúa como agente o comitente con respecto a dicho servicio o servicios;
    2. el suministro por parte de la Compañía de su propio equipo o de equipo alquilado no determinará por sí mismo ni constituirá prueba de que la Compañía actúa como agente o comitente con respecto a cualquier transporte, manipulación o almacenamiento de Mercancías;
    3. la Compañía actúa como agente cuando la Compañía obtiene un conocimiento de embarque u otro documento que acredite un contrato de transporte entre una persona, distinta de la Compañía, y el Cliente o Propietario;
    4. la Sociedad actúa como agente y nunca como principal cuando presta servicios respecto a o relacionados con requisitos aduaneros, impuestos, licencias, documentos consulares, certificados de origen, inspección, certificados y otros servicios similares;
    5. Los presupuestos se dan sobre la base de una aceptación inmediata y están sujetos al derecho de retirada o revisión. Si se producen cambios en las tarifas de flete, primas de seguros u otros gastos aplicables a las mercancías, los presupuestos y gastos estarán sujetos a revisión en consecuencia con o sin previo aviso.
  5. Obligaciones del cliente

  6. El Cliente garantiza que es el Propietario o el agente autorizado del Propietario de los Bienes y que está autorizado a aceptar y acepta estas Condiciones no sólo por sí mismo sino también como agente y en nombre del Propietario de los Bienes.
  7. El Cliente garantiza que tiene un conocimiento razonable de las cuestiones que afectan al desarrollo de su actividad, incluidas, entre otras, las condiciones de venta y compra de la Mercancía y todas las demás cuestiones relacionadas con la misma.
  8. El Cliente deberá dar Instrucciones suficientes y ejecutables.
  9. El Cliente garantiza que la descripción y los datos de los Productos son completos y exactos.
  10. El Cliente garantiza que la Mercancía está debidamente embalada, marcada, etiquetada y estibada de forma adecuada a las operaciones o transacciones que afecten a la Mercancía y a las características de la misma, excepto cuando la Empresa haya aceptado instrucciones con respecto a dichos servicios.
  11. Instrucciones especiales, Bienes y servicios

    1. Salvo acuerdo previo por escrito, el Cliente no entregará a la Empresa ni hará que la Empresa manipule Mercancías Peligrosas.
    2. Si el Cliente incumple la subcláusula (A) anterior, será responsable de todas las pérdidas o daños causados por o en relación con las Mercancías, cualquiera que sea su origen. El Cliente defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a la Empresa frente a todas las sanciones, reclamaciones, daños, costes y gastos que puedan surgir en relación con lo anterior, y las mercancías podrán ser destruidas sin previo aviso o tratadas de otro modo a discreción exclusiva de la Empresa o de cualquier otra persona bajo cuya custodia se encuentren en el momento pertinente.
    3. Si la Empresa acepta Mercancías Peligrosas y luego, en opinión de la Empresa o de cualquier otra persona, constituyen un riesgo para otras mercancías, bienes, vida o salud, podrán sin previo aviso ser destruidas o tratadas de otro modo a expensas del Cliente o Propietario.
    1. El Cliente se compromete a no presentar para su transporte ninguna Mercancía que requiera control de temperatura sin notificar previamente por escrito su naturaleza y el rango de temperatura concreto que debe mantenerse.
    2. En el caso de un Contenedor a temperatura controlada rellenado por o en nombre del Cliente por un tercero, el Cliente se compromete además a que;


      1. el Contenedor ha sido debidamente preenfriado o precalentado, según proceda, y
      2. las Mercancías se han introducido correctamente en el contenedor, y
      3. sus controles termostáticos han sido ajustados correctamente por el Cliente o el tercero.

      Si no se cumplen los requisitos anteriores, la Empresa no será responsable de ninguna pérdida o daño de los Productos causado por dicho incumplimiento.

    1. No se efectuará ningún seguro salvo instrucciones expresas dadas por escrito por el Cliente. Todos los seguros efectuados por la Compañía están sujetos a las excepciones y condiciones habituales de las pólizas de la Compañía de seguros o de los aseguradores que asumen el riesgo.
    2. La Compañía es un agente del Cliente en lo que respecta a la contratación del seguro.
    3. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, la Compañía no estará obligada a efectuar un seguro separado para cada envío, sino que podrá declararlo en cualquier póliza abierta o general.
    4. En caso de que los aseguradores impugnen su responsabilidad por cualquier motivo, el asegurado sólo podrá recurrir contra los aseguradores. La Compañía no tendrá responsabilidad alguna en relación con el seguro, aunque la prima de la póliza no sea la misma que la cobrada por la Compañía o la pagada a la Compañía por sus clientes.
  12. La Empresa no estará obligada a hacer ninguna declaración a los efectos de cualquier ley, convención o contrato en cuanto a la naturaleza o valor de cualquier Mercancía, o en cuanto a cualquier interés especial en la entrega a menos que la Empresa haya recibido y aceptado instrucciones expresas por escrito a tal efecto.
    1. Salvo que se haya acordado lo contrario previamente por escrito o se disponga lo contrario en virtud de las disposiciones de un documento firmado por la Empresa, las instrucciones relativas a la entrega o liberación de Mercancías contra pago o contra entrega de un documento concreto se harán por escrito.
    2. La responsabilidad de la Empresa resultante de tales instrucciones relativas a la entrega o liberación de las mercancías que no sean por escrito no excederá de la prevista con respecto a la entrega errónea de Mercancías.
  13. A menos que se acuerde previamente por escrito que los Productos saldrán o llegarán en una fecha determinada, la Empresa no acepta responsabilidad alguna por las fechas de salida o llegada de los Productos, independientemente de que dicho retraso se deba o no a la negligencia de la Empresa y/o sus empleados o agentes.
  14. Indemnizaciones generales

    1. El Cliente y el Propietario defenderán, indemnizarán y mantendrán indemne a la Empresa frente a toda responsabilidad, pérdida, daño, costes y gastos derivados:

      1. de la naturaleza de los bienes, a menos que sean causados por negligencia de la Compañía,
      2. de la Empresa actuando de acuerdo con las instrucciones del Cliente o del Propietario, o
      3. de un incumplimiento de garantía u obligación por parte del Cliente o derivado de la negligencia del Cliente o del Propietario.
    2. Excepto en la medida causada por la negligencia de la Empresa, el Cliente y el Propietario serán responsables y defenderán, indemnizarán y mantendrán indemne a la Empresa con respecto a todos los derechos, impuestos, tasas, gravámenes, depósitos y desembolsos de cualquier naturaleza recaudados por una Autoridad con respecto a las Mercancías, Mercancías Peligrosas y/o Contenedor y por todas las responsabilidades, pagos, multas, costes, gastos, pérdidas y daños incurridos o sufridos por la Empresa en relación con los mismos.
    3. El Cliente y/o el Propietario defenderán, indemnizarán y mantendrán indemne a la Empresa de toda responsabilidad, pérdida, daño, costes y gastos derivados de cualquier otra persona que confíe en dicho asesoramiento o información. El Cliente no transmitirá dicho asesoramiento o información a terceros sin el consentimiento por escrito de la Empresa y el Cliente y/o Propietario indemnizará a la Empresa por cualquier pérdida sufrida debido al incumplimiento de esta condición.
      1. El Cliente se compromete a que no se presente ninguna reclamación contra ningún empleado, subcontratista o agente de la Empresa que imponga o intente imponer a cualquiera de ellos responsabilidad alguna en relación con las Mercancías y, si a pesar de ello se presentara alguna reclamación de este tipo, a indemnizar y mantener indemne a la Empresa frente a todas las consecuencias de la misma.
      2. Sin perjuicio de lo anterior, cada uno de dichos sirvientes subcontratistas o agentes tendrá el beneficio de todas las disposiciones del presente contrato, como si dichas disposiciones fueran expresamente para su beneficio. Al celebrar este contrato, la Compañía, en la medida de dichas disposiciones, lo hace no sólo en su nombre, sino como agente y fiduciario de dichos sirvientes, subcontratistas y agentes.
      3. El Cliente defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a la Empresa de y contra todas las reclamaciones, costes y demandas, cualesquiera que sean y por quienquiera que sean, presentadas o preferidas en exceso de la responsabilidad de la Empresa bajo los términos de estas Condiciones y, sin perjuicio de la generalidad de esta cláusula, esta indemnización cubrirá todas las reclamaciones, costes y demandas que surjan de o en relación con la negligencia de la Empresa, sus empleados, subcontratistas y agentes.
      4. En esta cláusula, "subcontratistas" incluye a los subcontratistas directos e indirectos y a sus respectivos empleados y agentes.
    4. El Cliente será responsable de la pérdida, daño, contaminación, suciedad, detención o sobrestadía antes, durante y después del Transporte de la propiedad (incluyendo, pero no limitado a, Contenedores) de la Compañía o de cualquier persona o embarcación mencionada en (D) anterior causada por el Cliente o Propietario o cualquier persona que actúe en nombre de cualquiera de ellos o de la que el Cliente sea responsable de otro modo.
  15. Tasas, etc.

    1. El Cliente pagará a la Empresa en efectivo o según lo acordado todas las sumas inmediatamente a su vencimiento sin reducción o aplazamiento a causa de cualquier reclamación, reconvención o compensación.
    2. Cuando la Empresa reciba instrucciones de cobrar fletes, derechos, cargas u otros gastos de cualquier persona distinta del Cliente, el Cliente será responsable de los mismos al recibir pruebas de la demanda y del impago por parte de dicha otra persona a su vencimiento.
    3. En todos los cargos vencidos a la Compañía, la Compañía tendrá derecho a los intereses adeudados sobre cualquier suma pendiente al tipo aconsejado por la Compañía, o si no se aconseja dicho tipo, al tipo anual del 3 (tres) por ciento por encima del tipo mínimo de préstamo establecido por el banco nacional o central, según corresponda, del país o territorio de la divisa correspondiente para cualquier periodo posterior a cada cantidad vencida, más los honorarios razonables de abogados y los gastos incurridos en el cobro de cualquier suma adeudada.
    4. Si los términos del contrato obligan al Cliente a realizar un pago por adelantado por un importe determinado para abonar el flete y/u otros servicios relacionados antes del inicio de la prestación de servicios, pero el Cliente no ha realizado dicho pago, la Empresa tiene derecho a no empezar a cumplir con sus obligaciones. Y si la Empresa, a pesar de la ausencia de un pago anticipado, ya ha comenzado a cumplir con sus obligaciones, la Empresa tiene derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones, incluyendo el derecho a no liberar las Mercancías, así como los documentos para las Mercancías, a favor del Cliente o del Propietario, o de cualquier otra persona, hasta que el Cliente pague en su totalidad los servicios que se le han prestado, a menos que se especifique lo contrario en la Nota de Reserva, (Solicitud / Orden de Compra, etc). Cualquier reclamación de terceros y las pérdidas asociadas y derivadas de la violación por parte del Cliente de los términos y el importe del anticipo correrán a cargo del Cliente.
    5. En caso de negativa injustificada del Cliente a aceptar y pagar por los servicios, incluidos los costes adicionales, la Compañía podrá negarse a cumplir con los pedidos del Cliente y la encomienda en cualquier etapa o retrasar el cumplimiento de sus obligaciones para con el Cliente hasta que los pagos serán solución definitiva.
    6. El Cliente compensa todos los gastos, efectivamente soportados por la Empresa en ejecución de su instrucción y encargo. Esta condición también se aplica en caso de cancelación de la Nota de Reserva, (Solicitud / Orden de Compra, etc.), no entrega de Mercancías o tiempo de inactividad de los vehículos, incluyendo multas impuestas por terceros involucrados en el proceso de transporte (multa por cancelación de reserva, etc.), y el Cliente paga la tarifa correspondiente por los servicios ya prestados, así como a discreción y petición de la Compañía el Cliente paga una multa del 5 al 10% del coste acordado del transporte.
    7. En caso de abandono/no reclamación de la mercancía por parte del Cliente, así como por parte del consignatario que será indicado por el Cliente en la Nota de Reserva/Solicitud/Orden de Compra, etc. y/o en el documento de embarque apropiado (B/L, Sea Waybill, etc.) como consignatario en el puerto o terminal de llegada/destino, el Cliente compensará y reembolsará incondicionalmente a la Empresa por todos los costes adicionales, cargos y multas en los que realmente incurra la Empresa a favor de la compañía naviera u otro transportista, aduanas, administración portuaria y cualquier otra tercera parte contratada y autoridades estatales, incluyendo en el caso de transporte por parte de la compañía naviera, así como otras partes contratadas y autoridades estatales antes mencionadas, cualquier reclamación y demanda contra la Compañía para la compensación de todos los costes, cargos y multas asociados con el almacenamiento, incautación, venta y/o cualquier otra disposición de Mercancías abandonadas / no reclamadas, y realizada de acuerdo con las normas locales y cualquier otra convención internacional relevante que se aplique.
      En caso de incumplimiento de la disposición anterior, el Cliente se compromete a mantener indemne a la Compañía y para indemnizar a la Compañía cualquier daño y perjuicio, y asumir exclusivamente todos y cualquier responsabilidad, posibles multas y la indemnización por gastos y daños que puedan ser demandados a la Compañía de las autoridades estatales y otros organismos autorizados por violar las normas y la legislación en el ámbito de la entrega, el transbordo, el almacenamiento, la utilización y los procedimientos aduaneros en el transporte de mercancías.
  16. Libertades y derechos de empresa

  17. La Empresa tendrá derecho, salvo que se haya acordado lo contrario por escrito, a celebrar contratos, en cualesquiera condiciones, en su propio nombre o en nombre del Cliente y sin previo aviso al Cliente


    1. para el transporte de Mercancías por cualquier ruta, medio o persona,
    2. para el transporte de mercancías de cualquier tipo, en contenedores o no, sobre o bajo la cubierta de cualquier buque,
    3. para el almacenamiento, embalaje, transbordo, carga, descarga o manipulación de Mercancías por cualquier persona en cualquier lugar ya sea en tierra o a flote y durante cualquier periodo de tiempo,
    4. para el transporte o almacenamiento de Mercancías en contenedores o con otras mercancías de cualquier naturaleza,
    5. para el cumplimiento de sus propias obligaciones, y a realizar todos los actos que, en opinión de la Sociedad, puedan ser necesarios o incidentales para el cumplimiento de las obligaciones de la Sociedad.
    1. La Empresa tendrá derecho, pero no estará obligada a ello, a desviarse de las instrucciones del Cliente en cualquier aspecto si, en opinión de la Empresa, hay una buena razón para hacerlo en interés del Cliente, y no incurrirá por ello en ninguna responsabilidad adicional.
    2. La Compañía podrá cumplir en cualquier momento las órdenes o recomendaciones dadas por cualquier Autoridad. La responsabilidad de la Compañía con respecto a las Mercancías cesará en el momento de la entrega u otra disposición de las Mercancías de conformidad con dichas órdenes o recomendaciones.
  18. Si en cualquier momento el cumplimiento de las obligaciones de la Sociedad, en opinión de la Sociedad o de cualquier persona de cuyos servicios haga uso la Sociedad, se ve o puede verse afectado por cualquier:

    1. obstáculo
    2. riesgo
    3. retraso
    4. dificultad, o
    5. desventaja alguna

    y que no pueda evitarse mediante esfuerzos razonables por parte de la Empresa o de dicha otra persona, la Empresa podrá, previa notificación por escrito al Cliente o Propietario o sin notificación cuando no sea razonablemente posible dar dicha notificación, dar por terminado el cumplimiento de sus obligaciones y poner las Mercancías o cualquier parte de las mismas a disposición del Cliente o Propietario en cualquier lugar que la Empresa considere seguro y conveniente, cesando en ese momento la responsabilidad de la Empresa con respecto a las Mercancías. El Cliente será responsable de cualquier coste adicional de transporte, entrega y almacenamiento en dicho lugar, así como de todos los demás gastos en que incurra la Empresa.

  19. Si el Cliente o Propietario no acepta la entrega de la Mercancía o de cualquier parte de la misma en el momento y lugar en que la Empresa, o cualquier persona cuyos servicios utilice la Empresa, tenga derecho a requerir al Cliente o Propietario para que acepte la entrega, la Empresa o cualquier otra persona tendrá derecho, sin previo aviso, a almacenar la Mercancía o cualquier parte de la misma a la intemperie o a cubierto por cuenta y riesgo exclusivos del Cliente. Dicho almacenamiento constituirá la entrega de las Mercancías y la responsabilidad de la Empresa cesará por completo.

  20. No obstante lo dispuesto en las cláusulas 20 y 21, la Empresa tendrá derecho, pero no estará obligada, a vender o disponer de


    1. previa notificación por escrito al Cliente con 21 días de antelación, todas las Mercancías que, en opinión de la Empresa, no puedan entregarse según las instrucciones, y
    2. sin previo aviso Mercancías que hayan perecido, se hayan deteriorado o alterado, o sean susceptibles de hacerlo, de forma que hayan causado o pueda esperarse razonablemente que causen pérdidas o daños a cualquier persona o propiedad o que contravengan las normativas o requisitos aplicables.
    1. La Empresa tendrá un derecho de retención particular y general sobre todas las Mercancías y/o documentos relativos a las Mercancías en su posesión por todas las sumas de cualquier tipo y naturaleza adeudadas en cualquier momento por el Cliente o Propietario y, previa notificación por escrito al Cliente con 28 días de antelación, tendrá derecho a vender o disponer de dichas Mercancías y/o documentos a expensas del Cliente y sin responsabilidad alguna para con el Cliente y Propietario y aplicar los ingresos al pago de dichas sumas. Al rendir cuentas al Cliente por cualquier saldo restante tras el pago de cualquier suma adeudada a la Empresa y los costes de venta o enajenación, la Empresa quedará liberada de cualquier responsabilidad con respecto a los Bienes y/o documentos. Si en la venta de las Mercancías los ingresos no alcanzan el importe debido, la Empresa tendrá derecho a recuperar la diferencia de cualquiera de las partes incluidas en los términos Cliente o Propietario.
    2. En cualquier caso, cualquier embargo deberá:
      1. sobreviven a la entrega de la mercancía, y
      2. para cubrir el coste de recuperación de cualquier suma adeudada y, a tal efecto, la Empresa tendrá derecho a vender los Bienes y documentos mediante subasta pública o tratado privado, sin previo aviso al Cliente o Propietario y a expensas del Cliente o Propietario y sin ninguna responsabilidad hacia el Cliente o Propietario.
  21. La Compañía tendrá derecho a retener y percibir todos los corretajes, comisiones, asignaciones y otras remuneraciones habitualmente retenidas por o pagadas a los transitarios.

  22. La Empresa tendrá derecho a exigir al Propietario y al Cliente solidariamente cualquier responsabilidad del Cliente en virtud de las presentes Condiciones o a recuperar de ellos cualquier suma que deba ser pagada por el Cliente y que, previa solicitud, no haya sido abonada.

  23. Contenedores

    1. Si un Contenedor ha sido embalado o embutido por o en nombre del Cliente, la Empresa no será responsable de la pérdida o daño de la Mercancía si:


      1. causados por la forma en que se ha embalado o rellenado el Contenedor
      2. causada por la inadecuación del contenido para el transporte en el Contenedor realmente utilizado, a menos que la Compañía haya aprobado la idoneidad.
      3. causada por la inadecuación o el estado defectuoso del Contenedor efectivamente utilizado, siempre que, cuando el Contenedor haya sido suministrado por la Compañía o en su nombre, este apartado (iii) sólo se aplique si la inadecuación o el estado defectuoso:

        (a) no haya sido causado por negligencia por parte de la Compañía, o

        (b) habrían sido evidentes tras una inspección razonable por parte del Cliente o Propietario o persona que actúe en nombre de cualquiera de ellos en el momento en que se embaló o rellenó el Contenedor o con anterioridad.

      4. the Container is not sealed at the commencement of the Carriage except where the Company has agreed to seal the Container.
    2. El Cliente defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a la Empresa frente a cualquier reclamación, responsabilidad, pérdida, daño, costes y gastos derivados de uno o varios de los asuntos contemplados en el apartado (A) anterior.
    3. Cuando la Compañía reciba instrucciones de suministrar un Contenedor, en ausencia de una solicitud escrita en contrario aceptada por la Compañía, la Compañía no estará obligada a suministrar un Contenedor de ningún tipo o calidad en particular.
  24. Responsabilidad civil general

    1. Salvo en la medida en que las presentes Condiciones dispongan lo contrario, la Compañía no será responsable de ninguna pérdida o daño que se derive de:

      1. la acción u omisión del Cliente o Propietario o de cualquier persona que actúe en su nombre,
      2. el cumplimiento de las instrucciones dadas a la Empresa por el Cliente, el Propietario o cualquier otra persona facultada para darlas,
      3. insuficiencia del embalaje o etiquetado de las Mercancías, excepto cuando dicho servicio haya sido prestado por la Empresa,
      4. manipulación, carga, estiba o descarga de la Mercancía por parte del Cliente o Propietario o cualquier persona que actúe en su nombre,
      5. vicio inherente a la Mercancía,
      6. disturbios, conmociones civiles, huelgas, cierres patronales, paros o restricciones del trabajo por cualquier causa,
      7. incendio, inundación o tormenta, o
      8. cualquier causa que la Sociedad no haya podido evitar y cuyas consecuencias no haya podido prevenir mediante el ejercicio de una diligencia razonable.
    2. Cuando en virtud de la subcláusula (A) anterior, la Compañía no sea responsable de las pérdidas o daños causados por una o más de las causas, eventos o sucesos mencionados, la Compañía sólo será responsable en la medida en que las causas, eventos o sucesos por los que sea responsable en virtud de estas Condiciones hayan contribuido a la pérdida o daño. La carga de la prueba de que la pérdida o daño se debió a una o más de las causas, eventos o sucesos especificados en la subcláusula (A) anterior recaerá en la Compañía, salvo que cuando la Compañía establezca que, en las circunstancias del caso, la pérdida o daño podría atribuirse a una o más de las causas, eventos o sucesos especificados en (iii) a (vi) de la subcláusula (A), se presumirá que fue así causado. No obstante, el Cliente tendrá derecho a probar que la pérdida o el daño no se debieron total o parcialmente a una de las causas, acontecimientos o sucesos enumerados en la subcláusula
    3. La Empresa no será responsable de las pérdidas o daños causados a bienes distintos de los propios Productos, cualquiera que sea su causa
    4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 15, la Empresa no será responsable de ningún tipo de pérdida económica, como pérdidas o daños indirectos o consecuentes, lucro cesante, retraso, desviación, cualquiera que sea su causa.
  25. Importe de la indemnización

  26. Salvo en la medida en que las presentes Condiciones dispongan lo contrario, la responsabilidad de la Compañía, cualquiera que sea su origen, y a pesar de que la causa de la pérdida o daño sea inexplicable, no excederá de lo siguiente:


    1. En relación con las reclamaciones por pérdida o daño de las Mercancías, la responsabilidad de la Compañía, cualquiera que sea su origen y sin perjuicio de que la causa de la pérdida o daño sea inexplicable, no excederá del menor de los siguientes importes:


      1. el valor de las Mercancías correspondientes;
      2. el coste razonable de reparación en caso de daños; o
      3. 2 DEG por kg de las Mercancías en cuestión, siempre que la responsabilidad de la Compañía en virtud de la presente cláusula no exceda de un máximo de 75.000 DEG por suceso o sucesos derivados de una causa común.
    2. En relación con las reclamaciones por entrega de la Mercancía a una Persona o destino incorrectos, la responsabilidad de la Empresa, cualquiera que sea su origen, no excederá del coste del transporte de la Mercancía al destino correcto por el modo de transporte originalmente contemplado.
    3. En relación con todas las demás reclamaciones derivadas o relacionadas con el Transporte o las Mercancías, la responsabilidad de la Compañía, cualquiera que sea su origen, no excederá del menor de los siguientes importes:
      1. el importe de los Cargos de la Compañía respecto al Transporte en relación con el cual surgió la reclamación; y
      2. 75.000 DEG en total por suceso o sucesos derivados de una causa común.
    4. Si, a pesar de lo dispuesto en la cláusula 21, la Empresa es declarada responsable del retraso, su responsabilidad no excederá en ningún caso el importe de los Cargos de la Empresa con respecto al Transporte en cuestión.
    1. La indemnización se calculará por referencia al valor de factura Ex-works de la Mercancía más los gastos de Transporte y seguro si se han pagado.
    2. Si no existe valor de factura para las Mercancías, la indemnización se calculará por referencia al valor de dichas Mercancías en el lugar y momento en que se entreguen al Cliente o Propietario o debieran haberse entregado. El valor de las Mercancías se fijará de acuerdo con el precio corriente de mercado o, si no existiera precio de bolsa o precio corriente de mercado, por referencia al valor normal de mercancías del mismo tipo y calidad.
  27. Mediante acuerdo especial por escrito y previo pago de gastos adicionales, se podrá reclamar a la Compañía una compensación superior que no exceda del valor de las Mercancías o del valor acordado, el que sea menor.

  28. Aviso de siniestro, plazo de prescripción

  29. La Compañía quedará exonerada de toda responsabilidad a menos que:


      1. la Empresa o su agente reciban por escrito la notificación de cualquier reclamación en un plazo de 14 días a partir de la fecha especificada en el apartado (B) siguiente, excepto cuando el Cliente pueda demostrar que le ha sido imposible cumplir este plazo y que la reclamación se ha presentado tan pronto como ha sido razonablemente posible hacerlo, y
      2. se interponga una demanda en el foro adecuado y la Compañía reciba notificación por escrito de la misma en un plazo de 9 meses a partir de la fecha especificada en el apartado (B) siguiente.
      1. en caso de pérdida o daño de los Bienes, la fecha de entrega de los Bienes,
      2. en caso de retraso o falta de entrega de los Productos, la fecha en que los Productos deberían haber sido entregados,
      3. en cualquier otro caso, el hecho que dé lugar a la reclamación; de lo contrario, toda reclamación se considerará renunciada y absolutamente prescrita.
  30. Media general

  31. El Cliente defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a la Empresa con respecto a cualquier reclamación de contribución de la Avería Gruesa que pueda hacerse a la Empresa, independientemente de si los gastos de transporte están prepagados o no. El Cliente proporcionará la garantía que pueda requerir la Empresa para las contribuciones de la Avería Gruesa con prontitud y de forma aceptable para la Empresa.

  32. Varios

  33. Toda notificación enviada por correo se considerará efectuada el tercer día siguiente al de su envío a la dirección del destinatario de dicha notificación que la Sociedad conozca en último lugar.

  34. Las defensas y los límites de responsabilidad previstos en las presentes Condiciones se aplicarán en cualquier acción contra la Empresa, ya sea contractual o extracontractual.

  35. Si alguna legislación es de aplicación obligatoria a cualquier negocio emprendido, estas Condiciones, en lo que respecta a dicho negocio, se entenderán sujetas a dicha legislación y nada de lo dispuesto en estas Condiciones se interpretará como una renuncia por parte de la Sociedad a cualquiera de sus derechos o inmunidades o como un aumento de cualquiera de sus responsabilidades u obligaciones en virtud de dicha legislación y si alguna parte de estas Condiciones es contraria a dicha legislación en cualquier medida, dicha parte, en lo que respecta a dicho negocio, se anulará en esa medida y nada más.

  36. Los títulos de las cláusulas o grupos de cláusulas de las presentes Condiciones son meramente indicativos. La Empresa podrá modificar unilateralmente las presentes Condiciones en cualquier momento mediante la publicación de las modificaciones en el sitio web de la Empresa. Todos los contratos celebrados entre la Empresa y el Cliente después de dicha publicación estarán sujetos a las Condiciones modificadas.

  37. En caso de que alguna cláusula o parte de una cláusula se considere nula o inaplicable, el resto de dicha cláusula o sección del contrato no se verá afectado

  38. Jurisdicción y Derecho

  39. Las presentes Condiciones, y todas las cuestiones no contractuales asociadas, derivadas o relacionadas con las mismas, se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación inglesa, y las partes acuerdan que los tribunales ingleses tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier litigio que surja en relación con las presentes Condiciones y todas las cuestiones no contractuales asociadas, derivadas o relacionadas con las mismas, con la salvedad de que la Empresa se reserva el derecho a entablar acciones contra el Cliente en cualquier otro tribunal de jurisdicción competente.

  40. PARTE II: LA EMPRESA COMO AGENTE

    Condiciones especiales de responsabilidad e indemnización

    1. En la medida en que la Empresa actúe como agente, la Empresa no celebra ni pretende celebrar ningún contrato con el Cliente para el transporte, almacenamiento o manipulación de las Mercancías ni para ningún otro servicio físico en relación con las mismas, y actúa únicamente en nombre del Cliente para garantizar dichos servicios mediante el establecimiento de contratos con terceros, de forma que se establezcan relaciones contractuales directas entre el Cliente y dichos terceros.

    2. La Empresa no será responsable de los actos y omisiones de los terceros mencionados en la subcláusula (A) anterior.

    1. La Empresa, cuando actúa como agente, está autorizada por el Cliente a celebrar contratos en su nombre y a realizar actos que vinculen al Cliente por dichos contratos y actos en todos los aspectos, a pesar de cualquier desviación de las instrucciones del Cliente.

    2. Salvo en la medida causada por negligencia de la Empresa, el Cliente defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a la Empresa con respecto a toda responsabilidad, pérdida, daño, costes o gastos derivados de cualquier contrato realizado en la obtención de los requisitos del Cliente de conformidad con la cláusula 39.

  41. Elección de tarifas

  42. Cuando exista una elección de tarifas en función del alcance o grado de responsabilidad asumida por las personas que transporten, almacenen o manipulen las Mercancías, no se realizará ninguna declaración de valor cuando sea opcional, salvo que se acuerde lo contrario por escrito.

  43. PARTE III: EMPRESA COMO MANDANTE

    Condiciones especiales de responsabilidad

  44. En la medida en que la Empresa contrate como principal para la ejecución de las instrucciones del Cliente, la Empresa se compromete a ejecutar o a procurar en su propio nombre la ejecución de las instrucciones del Cliente y, con sujeción a lo dispuesto en las presentes Condiciones, será responsable de la pérdida o daño de las Mercancías que se produzca desde el momento en que las Mercancías queden a su cargo hasta el momento de la entrega.

  45. Sin perjuicio de otras disposiciones de las presentes Condiciones, si puede probarse dónde se produjo la pérdida o el daño de las Mercancías, la responsabilidad de la Empresa se determinará por las disposiciones contenidas en cualquier convenio internacional o ley nacional, cuyas disposiciones


    1. no puede ser modificada por contrato privado, en perjuicio del demandante, y

    2. se habría aplicado si el reclamante hubiera celebrado un contrato separado y directo con el prestador real del servicio concreto con respecto a ese servicio o etapa de transporte en el que se produjo la pérdida o el daño y hubiera recibido como prueba de ello cualquier documento concreto que deba expedirse si se aplica dicho convenio internacional o legislación nacional.

  46. Sin perjuicio de otras disposiciones de estas Condiciones, si puede probarse que la pérdida o daño de las Mercancías se produjo en el mar o en vías navegables interiores y no se aplican las disposiciones de la cláusula 43, la responsabilidad de la Compañía se determinará por las Reglas de La Haya. Se considerará que la referencia en las Reglas de La Haya al transporte por mar incluye la referencia al transporte por vías navegables interiores y las Reglas de La Haya se interpretarán en consecuencia.

  47. No obstante lo dispuesto en la cláusula 44, si la pérdida o daño de las Mercancías se produjo en el mar o en vías navegables interiores, y el Propietario, Fletador u operador del buque establece un fondo de limitación, la responsabilidad de la Compañía se limitará a la proporción de dicho fondo de limitación asignada a las Mercancías.

  48. Transporte aéreo


    Si la Compañía actúa como principal con respecto a un transporte de Mercancías por vía aérea, por la presente se notifica lo siguiente:


    Si el transporte implica un destino final o una escala en un país distinto del país de salida, puede ser aplicable el Convenio de Varsovia, que rige y, en la mayoría de los casos, limita la responsabilidad de los transportistas en caso de pérdida o daño de la carga. Las escalas acordadas son los lugares (distintos de los lugares de salida y destino) indicados en la ruta solicitada y/o los lugares indicados en los horarios de los transportistas como escalas programadas para la ruta. La dirección del primer transportista es el aeropuerto de salida.

  49. Ambos tienen la culpa Cláusula de colisión


    Se incorpora a estas condiciones la actual Cláusula de Colisión de Ambos a la vez adoptada por BIMCO.

  50. Cláusula EE.UU./Canadá


    1. Con respecto al transporte dentro de EE.UU., la responsabilidad de la Compañía será procurar el transporte mediante transportistas (uno o más) y dicho transporte estará sujeto a los contratos y tarifas de dichos transportistas y a cualquier ley de aplicación obligatoria. La Compañía garantiza el cumplimiento de las obligaciones de dichos transportistas en virtud de sus contratos y tarifas.

    2. Si y en la medida en que las disposiciones de la Ley Harter de los EE.UU. de 1893 fueran de otro modo obligatoriamente aplicables para regular la responsabilidad de la Compañía por las Mercancías durante cualquier periodo anterior a la carga o posterior a la descarga del buque en el que las Mercancías vayan a ser o hayan sido transportadas, la responsabilidad de la Compañía se determinará en su lugar por las disposiciones de estas Condiciones, pero si dichas disposiciones se consideran inválidas, dicha responsabilidad se determinará por las disposiciones de la Ley de Transporte Marítimo de Mercancías de los EE.UU. aprobada en 1936.

  51. PARTE IV: EMPRESA QUE PRESTA SERVICIOS DE LIMPIEZA, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN O ALMACENAMIENTO DE CONTENEDORES Y CUALQUIER SERVICIO RELACIONADO CON LOS MISMOS

  52. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 35 anterior, la Sociedad no será responsable de la ejecución incorrecta o no ejecución de sus Servicios, ni de las consecuencias derivadas de la misma, salvo en la medida prevista en esta Parte IV.

    1. La responsabilidad de la Compañía no excederá del coste razonable de rectificación de los servicios incorrectamente o no realizados por la Compañía, sujeto a un límite por Contenedor del valor de mercado de dicho Contenedor.

    2. A opción vendida de la Empresa, ésta podrá rectificar a sus expensas los servicios indebidamente o mal realizados. Si la Compañía ejerce esta opción, o no se le da la oportunidad por el Cliente o Propietario de ejercer esta opción, la Compañía no será responsable de los gastos incurridos por el Cliente o Propietario en la rectificación de dichos servicios.

  53. El Cliente y el Propietario se comprometen a inspeccionar el Contenedor en el momento de la nueva entrega al Cliente o Propietario o a la persona que actúe en su nombre. La Empresa no será responsable y el Cliente y el Propietario defenderán, indemnizarán y mantendrán indemne a la Empresa frente a cualquier pérdida, daño, responsabilidad, coste y gasto con respecto a o derivado de una ejecución incorrecta o incumplimiento de los servicios de la Empresa que hubiera sido evidente tras una inspección razonable del Contenedor en el momento de la nueva entrega.

  54. La Compañía quedará exonerada de toda responsabilidad a menos que:


    1. la Compañía reciba notificación de cualquier reclamación por escrito en un plazo de 14 días, y
    2. se interponga una demanda en la forma adecuada y la Compañía reciba una notificación por escrito de la misma en un plazo de 9 meses a partir de la fecha de devolución del Contenedor al Cliente o Propietario o persona que actúe en su nombre.

PUBLIC OFFER AGREEMENT for rendering information services

You or your Company (further mentioned as " Client "); and SEARATES FZE (further mentioned as " Contractor"); having its registered office at PO Box 17000, JAFZA 17, 5TH Floor, Dubai, United Arab Emirates (“SeaRates FZE”);

(each a “Party” and together the “Parties”)

Have agreed on the Digital services provision as follows:

Client appoints SeaRates FZE as the provider of the Services (as defined below), and SeaRates FZE agrees to provide the Services as a Contractor, in accordance with the terms of this Agreement.

  1. Subject of the Contract and interpretations

    1. En el presente Acuerdo se utilizan las siguientes definiciones:

      “Agreement” means the arrangements between the Contractor and the Client in accordance with providing of the Service;

      “Charges” means the fees to be charged by the Client to the Contractor;

      “Digital solutions” means the IT solutions that the Contractor provides such as Tracking System, Air Cargo Tracking, Logistics Explorer, Ship Schedules, Load Calculator, Distance and Time, Route Planner, Carbon Emissions calculator and other Digital solutions, available to be provided by the Contractor, according to the following options: web access on the Contractor’s websites, web integration into the Client’s websites and API connection to the Contractor’s Digital solutions. The documentations needed for the implementation of IT solutions are provided by the Contractor: on the Searates Developer Documentation, by the link: https://docs.searates.com/

    2. Los encabezamientos del presente Acuerdo se utilizan únicamente por comodidad y no afectarán a la interpretación del mismo.

      En el presente Acuerdo, las referencias al singular incluirán el plural y viceversa.

    3. 1.3 Monthly unique shipments/API calls/requests/subaccounts/domains etc. can be increased at the request of the Client by mutual agreement of the Parties accepted via email correspondence based on the invoice provided by the Contractor.

    4. Any upgrades or modifications of Digital solutions of this Agreement for the needs of the Client are considered as individual development and should be paid by the Client additionally.

  2. Payment procedure and terms

    1. This Agreement adjusts the mutual relations of the Parties, connected with offering of the following Digital solutions (hereinafter referred to as «the Service»)

    2. Subscription to the Service is a subject of pre-agreed pricing plan via email correspondence, with an account manager for the limitations of the unique shipments/API calls/requests.

    3. Acceptance of an agreement , further the acceptance of commercial offer is a full and unconditional acceptance by the Client of the terms set forth in this Contract, by confirmation of the Agreement and completion of the Charges to the bank account provided by the Contractor.

    4. This Agreement is valid from the moment the Charges are credited to the Contractor`s account, which is well-confirmed by the Contractor’s Finance department.

    5. The charges for the Services (“Charges”) are as per individual quotations for the relevant Services issued and provided by the Contractor, and agreed with each Client individually.

    6. Charges must be paid by the Client through the Rosoom payment system or can be made by bank transfer on the basis of invoices issued by the Contractor.

    7. All bank commissions shall be paid by the Client (in the field 71A of the SWIFT message to be stated “OUR”)

      The Charges include the payment for the Service, only specified in the Commercial offer and must be paid without any deductions. All additional possible taxes and fees associated with the payment of the cost of the Service to the Contractor are paid by the Client independently. The number of unused API calls/ requests/ unique shipments (if provided in the Commercial offer subscription plan) during the month cannot be transferred to the next month and is automatically canceled at the end of the month. The calculation of the Client’s API calls/requests/ unique shipments starts from the beginning of a calendar month, not from the date of starting of the Client’s subscription. If the Client exceeds the monthly number of API calls/ requests/ unique shipments, the Client’s API key will be automatically switched off in this case.

    8. The payment of Charges, arranged by the Client, is non refundable.

  3. Duties of the Parties

    1. Obligations of the Contractor

      1. To give the Client the API key and/or credentials for access for the term agreed with the Contractor via email correspondence.

      2. The Contractor undertakes to provide the API key and/or credentials for access (to the Contractor’s Service) to the Client within 3 (three) business days from the date of receipt of the payment to the Contractor's account, according to the clause 2

      3. The Service is provided by the Contractor to the Client according to the Developer Portal posted on the Contractor's website. Any functions or options that are not mentioned in the Developer Portal are not included in the Service and will not be provided to the Client by the Contractor. The Contractor can change the Developer Portal at any time without any prior notice to the Client (https://docs.searates.com/)

      4. The Contractor undertakes to correct errors found by the Client regarding the Services within 30 days from the date of informing by the Client about them.

      5. The technical support should be provided by the Contractor to the Client during the Contractor’s working hours (from 09.00 am till 06.00 pm GMT+2 time zone, from Monday till Friday) during the term of providing Services.

      6. The Contractor should in no case have any financial or penal obligations to the Client.

    2. Duties of the Client

      1. To pay the Contractor’s invoices on time.

      2. Any upgrades or modifications of Digital Solutions, which are used for providing Services for the needs of the Client are considered as individual development and should be paid by the Client additionally.

      3. Do not transfer the API key and credentials given by the Contractor to third Party in any form.

  4. Parties’ liabilities

    1. The Parties of the Agreement will be reciprocally liable for non-fulfilment or the improper fulfilment of their obligations under this Agreement.

    2. Both Parties will carry out their obligations in the proper way, doing their best to assist another party in fulfilment of its obligations.

    3. The Parties will not be liable for failure or improper fulfilment of their obligations under this Agreement if such failure or improper fulfilment of either Party is caused by the Acts of God (natural disasters, military operations, fire, strikes, etc), including the events specified in ICC Force-majeure clause 2003 and ICC hardship clause 2003.

    4. The occurrence of circumstances referred to in clause 4.3 hereof is not a basis for refusing payment for the Services performed prior to the occurrence of these circumstances.

  5. Arbitrating clause

    1. Las Partes intentarán, de manera amistosa, resolver cualquier conflicto que pueda surgir en virtud del presente Acuerdo.

    2. Toda reclamación extrajudicial deberá presentarse en el plazo de un mes a partir del momento en que haya surgido el motivo que haya originado el litigio.

    3. The Party that got the claim ought to respond on the point within one month from the moment of claim’s receiving. In case no settlement can be reached through the exchange of claims and negotiations, the case should then be submitted to the court below.

    4. Any dispute arising out of the formation, performance, interpretation, nullification, termination or invalidation of this Agreement or arising therefrom or related thereto in any manner whatsoever, shall be settled by arbitration in accordance with the provisions set forth under the DIAC Arbitration Rules (“the Rules”), by one arbitrator appointed in compliance with the Rules.

    5. The seat, or legal place, of arbitration shall be Dubai, UAE.

    6. The language to be used in the arbitral proceedings shall be English.

    7. This Agreement will be interpreted and performed in accordance with its own terms and conditions, and in any matters not envisaged herein, it will be governed by the laws of England and Wales, adapting to these regulations the obligations and liabilities of the Parties.

  6. Personal Data Protection

    1. The Contractor does not collect personal data in the Agreement.

    2. Once the Client registers its account with Contractor’s websites, he agrees to provide his data as per Terms of Service https://www.searates.com/tos/#by-using

  7. Miscellaneous

    1. The initial term of providing the Services is based on the Commercial offer, starting according to the clause 3.1.2.

    2. Either Party may terminate this Agreement by written notice to the other on or at any time after the occurence of any of the following events: (i) a material breach by the other Party of an obligation under this Agreement and, if the breach is capable of remedy, the defaulting Party failing to remedy the breach within 30 (thirty) days of receipt of notice of such breach; (ii) the other Party becomes insolvent or goes into liquidation; (iii) the other Party has a resolution passed or a petition presented for its winding-up or dissolution; (iv) the making of an administration order in relation to the other Party, or the appointment of a receiver over, or an encumbrancer taking possession of or selling, an asset of the other Party; (v) the other Party making an arrangement or composition with its creditors generally or making an application to a court of competent jurisdiction for protection from its creditors generally; or (vi) any event analogous to those set out in (ii) to (v) in any relevant jurisdiction.

    3. Without prejudice to cl. 7.2 the Contractor reserves the right to early terminate the rendering of Services / part of Services under this Agreement in case of liquidation of the Contractor and/or initial service providers.

    4. Any amendments, addenda and appendices to the present Agreement are considered as its integral part and are valid only being made in writing and signed by duly authorized representative of both Parties and come in force from the moment of their signing.

    5. The Parties shall not without the written consent of the other Party at any time during the term of this Agreement or thereafter use any confidential information, knowledge, documents, or other data relating to the other Party otherwise than for the purpose of performing its obligations under this Agreement. The confidentiality obligation of this clause shall not be applied to any information that receiving Party can prove: (i) that was public at the date of this Agreement or thereafter became public prior to the time of disclosure otherwise that through a breach of confidentiality obligation; (ii) that was already in the possession of the receiving Party at the time of disclosure without any restrictions on disclosure; (iii) that was lawfully acquired from a third party without any restriction on disclosure; and (iv) that was required to be disclosed pursuant to any applicable law, regulation, judicial or administrative order or decree, or request by other regulatory organization having authority pursuant to the law.

    6. This Agreement is considered valid as the original for both Parties for providing in banks, tax and others, for the purpose of fulfillment by the Parties of the obligations on it.

    7. This Agreement shall constitute the entire agreement between the Parties with respect to the subject matter hereof, and supersede all other oral and written representations, understandings, or agreements relating to the subject matter hereof.

  8. Legal addresses and bank details of the Contractor

    Contractor

    SEARATES FZE JAFZA 17, 5TH Floor, Dubai,

    UAE, PO Box 17000

    TRN: 104017998600003

    Account name: SEARATES FZE

    Bank Name: HSBC Bank Middle East Limited

    Bank address: Jebel Ali, Branch, PO Box 66,

    Dubai, UAE

    USD IBAN: AE210200000023186091100

    EUR IBAN: AE910200000023186091101

    AED IBAN: AE750200000023186091001

    Swift Code / BIC: BBMEAEAD

    Note: if the payer's country is not connected to the

    IBAN system, please, use as below:

    USD Account Number: 023-186091-100

    EUR Account Number: 023-186091-101

    AED Account Number: 023-186091-001